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26/Abr/06 12:11
NEGATIVA DE ENTREGA DE LA CONSTANCIA ANUAL SUELDOS YSALARIOS

Buenos dias: A ver si a alguien le ha sucedido esto y me puede ayudar:
Un persona fisica asalariada tuvo 2 patrones durante el ejercicio 2005, ya tienen la constancia de un patron, pero resulta que el otro patron se niega a entregarle la constancia por el periodo de Ene. a Agosto
Obviamente el patron actual no puede hacerle su declaracion anual porque necesita la constancia del otro patron para acumular sus ingresos totales. El patron actual ya se deslindo de la responsabilidad y le dio una carta que esta persona deberia presentar su declaracion anual por separado.
De que forma se puede obligar al primer patron para que emita la constancia, porque de otra manera esta persona no va a poder presentar se declaracion anual.
Existe algun fundamento legal para exigir que se emita la constancia por parte del primer patron.
Podria acumular los ingresos de acuerdo con los recibos de nomina? pero lo que pasa es que tambien desconozco el subsidio del primer patron?
Gracias por su ayuda.
 
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TEGG360101KC4
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26/Abr/06 13:07

DENUNCIALO ANTE EL SAT

SALUDOS
 
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lobozac
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26/Abr/06 13:10

La constancia de percepciones y retenciones [color=red:cb3c1ee519]deberá ser entregada [/color:cb3c1ee519]por el patrón a más tardar el 28 de febrero de cada año. En los casos de retiro del trabajador se proporcionará dentro del mes siguiente a aquél en que ocurra la separación.

Fundamento legal:Artículo 118 fracción III de la LISR y 153 de su Reglamento y regla 3.13.8 de la 11ª. MRMF para 2005 publicada en el DOF el 15 de febrero de 2006.
 
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lobozac
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26/Abr/06 14:25

Independientemente de la obligación de entregar las constancias.

Me surgen varias dudas en éste tópico.
1. El patrón va a presentar la declaración anual del trabajador?

2. El trabajador trabajo en forma simultanea para dos patrones o fué en diferente periodo cada trabajo?

3. Con el último patrón trabajo el año completo?

4. El trabajador está obligado a presentar declaración anual?
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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