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24/Abr/06 18:49
Articulo 82 CFF fraccion I

Hola Buen dia:

Tengo una duda en cuanto a la interpretacion del articulo 82 del CFF fraccion I, donde me dice que:
a) De $ 773 a $ 9661.00,tratando de declaraciones, por cada una de las
obligacines no declaradas.Si dentro de los 6 mese siguientes a la fecha en que se presento la declaracion por la cual se impuso la multa, el contribuyente presenta declaraciones complementaria,declarando adicionales. por dicha declaracion tambien se aplicara la multa a que se refiere este inciso.

¿Signifia que si yo presento una declaracion ceros hoy y mañana presento una complementaria con un importe a pagar, aplica esta multa?
:?
DE ANTEMANO LES DOY LAS GRACIAS POR SUS COMENTARIOS
 
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24/Abr/06 19:04
Re: Articulo 82 CFF fraccion I

Muchas gracias a todos,
Cuando estaba escribiendo este mensage comprendi el articulo.
De antemano les agradezco la molestia que se tomaron en leerlo.
 
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