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06/Abr/06 17:04
Socio cooperativista, Calculo asimilado a salario

¿Consideran que un socio de cooperativa que puede ser asimilado a salarios, pueda ser sujeto del crédito al salario y considerado dentro de la declaración de sueldos a que hace referencia el anexo 1 del DIM?
 
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3fiscalistas
Soldado

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06/Abr/06 17:52

Los unicos contribuyentes a los cuales se les aplica el credito al salario son a los que se refiere el art 110 en su primer parrafo y a los indicados en la fracción I del mismo articulo, segun lo establece el art 115 en su primer parrafo; y si mas nop recuerdo los socios cooperativistas estan en la fracción II, por lo cual no les aplica el Credito al Salario.

Saludos.
 
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cesar_lc
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06/Abr/06 19:47
Re: Socio cooperativista, Calculo asimilado a salario

Es correcto, al socio cooperativista no se le aplica el crédito al salario, solo se utiliza en su cálculo de isr la tarifa de impuesto y la de subsidio.
 
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jjre17
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06/Abr/06 19:49

jjre17 y ¿cual es el fundamento para que solo apliques tarifa del impuesto y del subsidio?

Saludos.
 
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cesar_lc
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06/Abr/06 19:59
Re: Socio cooperativista, Calculo asimilado a salario

Concuerdo con los fundamentos que antes expusiste (art.113,114 y 115 LISR). Saludos Cesar.
 
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jjre17
Cabo

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06/Abr/06 20:00

Yo no los indique, pero que bueno que los incluyes.

Saludos.
 
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cesar_lc
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