EN SEPARACION VOLUNTARIA, LO UNICO QUE CUBRES SON LOS DIAS DEL PERIODO SEMANAL, QUINCENAL, ETC. EN CURSO Y SUS PARTES PROPORCIONALES DE AGUINALDO, VACACIONES Y PRIMA VACACIONAL.
[quote:a326aec6f2="sgarza"]GRACIAS, SALUDOS![/quote:a326aec6f2]Ademas de las proporciones, tambien le toca proporcion de la prima de antiguedad, como lo establece la LFT en su capitulo IV art.162, fracc.III. Siendo el tope de salario el doble del smg, esto deacuerdo al art. 486 de la misma LFT.
[quote:0c8b048538="mirtasoto"]...tambien le toca proporcion de la prima de antiguedad....[/quote:0c8b048538]
:| Buenas noches. Para usted el abandono = despido. Demasiado benévola... Por cierto, la estamos esperando en el foro de seguridad social...
El Lic.
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
yo nada mas le pagaria la parte proporcional de vacaciones, prima vacacional y aguinaldos e iria a conciliacion a dar aviso del abandono de trabajo para evitar poblemas en lo futuro