28/Mar/06 10:01
PTU Deducible o disminuida??
Si la PTU que se pago en 2005 (generada en 2004) es inferior a las erogaciones relacionada con la prestacion de servicios personales subordinados que fueron ingresos para el trabajador por los que no se pago impuesto (art. 109 LISR por lo que entiendo), ésta no será deducible.
Y además tampoco la podre disminuir conforme al Art 10 LISR por que la disminucion la hare por el calculo del impuesto de 2006 respecto de la utilidad generada en 2005 (pagada en 2006), eso me deja con un impuesto en extremo elevado y además injusto, porque con ello nos limita o más bien nos obliga a considerar el eliminar prestaciones de seguridad social que al ser exentas reduce o elimina la posibilidad de hacer deducible la PTU pagada en el 2005.
ej. PTU pagada en 2005 $600,000
(menos) prev soc.,
aguinaldo,H.E., PTU, primas,
etc en sus partes excentas 800,000
-----------
diferencia (200,000)
% deducible 80%
PTU Deducible = $0
ahora PTU pagada en 2005 600,000
se puede disminuir? NO, solo se podra disminuir la generada en 2005 pagada en 2006.
No me parece justo.
Espero sus comentarios o corrijanme por favor si estoy equivocado, pero yo asi lo entendi. o quiza este mal informado.
gracias.