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27/Mar/06 13:41
pago impuesto al activo

hola quiero sabero el pago que es obligatorio para las personas morales del impuesto al activo desde cuando se debe de pagar y sobre que y cual porcentaje o como se determina
muchas gracias
 
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lisi
Soldado

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27/Mar/06 13:53
Re: pago impuesto al activo

AH CARAY !!! ESTA MUY ABIERTA TU PREGUNTA, COMIENZA POR DESCRIBIR QUE TIPO DE PM ES, CUANTOS INGRESOS OBTUVO Y DESDE QUE EJERCICIO COMENZO SUS ACTIVIDADES....ETC, PERO MEJOR AUN DALE UNA LEIDA A LA LEY DEL IMPUESTO AL ACTIVO Y SOBRE ESO VAMOS COMENTANDO NO? .
 
EN LUCHA CONTRA LA COMPLIFICACION ADMVA.
 
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jcgro_velcia
Subteniente

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27/Mar/06 16:07

ESTOY DE ACUERDO CON jcgro_velcia, DESDE EL ART. 1 DE LA LEY TE INDICA:

Sujetos del impuesto

Las personas físicas que realicen actividades empresariales y las personas morales, residentes en México, están obligadas al pago del impuesto al activo, por el activo que tengan, cualquiera que sea su ubicación. Las residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente en el país, están obligadas al pago del impuesto por el activo atribuible a dicho establecimiento. Las personas distintas a las señaladas en este párrafo, que otorguen el uso o goce temporal de bienes, incluso de aquellos bienes a que se refieren el Capítulo III del Título IV y los artículos 133, fracción XIII, 148, 148-A y 149 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que se utilicen en la actividad de otro contribuyente de los mencionados en este párrafo, están obligadas al pago del impuesto, únicamente por esos bienes.

RESIDENTES EN EL EXTRANJERO
También están obligados al pago de este impuesto, los residentes en el extranjero por los inventarios que mantengan en territorio nacional para ser transformados o que ya hubieran sido transformados por algún contribuyente de este impuesto.

EMPRESAS QUE COMPONEN EL SISTEMA FINANCIERO
Las empresas que componen el sistema financiero están obligadas al pago del impuesto por su activo no afecto a su intermediación financiera.
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Según lo dispuesto en LIF 2006-16-II, a las personas físicas y morales, cuyos ingresos totales en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de $4’000,000.00 se les otorga un estímulo fiscal en el impuesto al activo, consistente en el monto total del impuesto que hubiere causado
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
Capitán Primero

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28/Mar/06 12:29

lisi.

Es tarea de la escuela?
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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28/Mar/06 16:29

al igual que Mem, me parece que es un trabajo de la escuela, entonces lo que podria servirle es un material donde se exponga el sujeto, objeto, base, tasa o tarifa, asi como el periodo de pago, obligaciones, exenciones y estimulos al respecto.

Deja busco si tengo alguno.

Saludos.
 
[img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/147.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/199.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/209.gif[/img:86c38361d9]
 
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cesar_lc
Capitán Primero

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