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24/Mar/06 13:55
fecha limite declaracion anual personas morales

SI LA FECHA LIMITE PARA PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL ES VIERNES SE CORRE HASTA EL LUNES. GRACIAS
 
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barretoasesoria
Cabo

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24/Mar/06 14:22
Re: fecha limite declaracion anual personas morales

Apurate y presentala ya.
 
Jorge B.
 
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JABP
Teniente

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24/Mar/06 15:58

NO, de ninguna manera el viernes se considera dia inhabil.

EL VIERNES ES FECHA LIMITE
 
Alejandro Gamborino
 
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aruiz
Capitán Primero

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25/Mar/06 10:03
Re: fecha limite declaracion anual personas morales

Mi opinión es que el envío de la declaración ante el SAT deberá ser a más tardar el viernes 31 de marzo, sin embargo en caso de que se deba hacer pago ante el Banco, éste podrá diferirse hasta el lunes 3 de abril. Art. 12 CFF 5o. párrafo

... También se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil, cuando sea viernes el último día del plazo en que se deba presentar la declaración respectiva, [color=red:ef81ad76fd]ante las instituciones de crédito.[/color:ef81ad76fd]
 
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MOREMICH
Soldado

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28/Mar/06 13:28

EL UNICO K SE PRORROGA ES NADAMAS EL PAGO, PERO LA PRESENTACION DE LA DECLARACION TENDRA K HACERSE EL VIERNES
 
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TORREZ
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28/Mar/06 16:18

Concuerdo con tu apreciacion moremich.

Saludos.
 
[img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/147.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/199.gif[/img:86c38361d9][img:86c38361d9]http://www.geocities.com/maestria_fca/209.gif[/img:86c38361d9]
 
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cesar_lc
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28/Mar/06 18:27

ART. 12 5o. PARRAFO "...CUANDO SEA VIERNES EL ÚLTIMO DEL PLAZO EN QUE SE DEBA PRESENTAR LA DECLARACIÓN RESPECTIVA, ANTE INSTITUCIONES DE CREDITO AUTORIZADAS."
EN MI OPINION ESTO APLICA NADAMAS A LOS CONTRUBUYENTES QUE PRESENTAN SU DECLARACION ANTE INSTITUCION DE CREDITO, Y NO A LOS QUE TENEMOS QUE PRESENTAR DECLARACIONES POR MEDIOS ELECTRONICOS, Y EFECTIVAMENTE, EL PAGO SERIA PRORROGABLE AL DIA HABIL SIGUIENTE, RECORDANDO QUE LA PRESENTACION DE LA DECLARACION ES INDEPENDIENTE DE LA EFECTUACION DEL PAGO.
SIN EMBARGO, MIENTRAS SEA PRESENTADA ESPONTANEAMENTE SIN QUE MEDIE GESTION DE AUTORIDAD, CONSIDERO QUE NO TENDRIAN MAYOR PROBLEMA.
 
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TORREZ
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28/Mar/06 18:30
Re: fecha limite declaracion anual personas morales

[quote:efe36a2f9d="barretoasesoria"]SI LA FECHA LIMITE PARA PRESENTAR LA DECLARACION ANUAL ES VIERNES SE CORRE HASTA EL LUNES. GRACIAS[/quote:efe36a2f9d]

TE DEJO ESTO

SALUDOS



El 3 de abril, límite para la declaración de empresas
Felipe Gazcón
Martes, 28 de marzo de 2006

Situación prevista en el Código Fiscal.
Tendrán hasta el 2 de mayo las personas físicas.
Cumplir lo antes posible permite devolución rápida.


[color=red:efe36a2f9d]El reglamento del Código Fiscal de la Federación (CFF) permitirá que se recorra hasta el lunes 3 de abril la fecha límite para que las empresas presenten su declaración de impuestos[/b:efe36a2f9d][/color:efe36a2f9d], [color=blue:efe36a2f9d][b:efe36a2f9d]afirmó Fernando Diarte Martínez, administrador central de Relaciones y Comunicación del Servicio de Administración Tributaria (SAT).[/b:efe36a2f9d][/color:efe36a2f9d]
Explicó que si bien el límite para el pago de impuestos de las empresas es el 31 de marzo, el artículo 12 del CFF establece que si el vencimiento del plazo para la declaración se registra en día inhábil o en viernes, la fecha límite se pasa al día hábil siguiente.

[color=blue:efe36a2f9d][b:efe36a2f9d]"Entonces, si la fecha límite para las personas morales, el 31 de marzo, cae en viernes, se recorre al lunes 3 de abril y en el caso de las personas físicas, debido a que la fecha límite del 30 de abril se registra en domingo y el lunes 1 es día festivo, se pasa el martes 2 de mayo", precisó.[/color:efe36a2f9d]
Sin embargo, los contribuyentes pueden anticipar el pago de impuestos, pues las personas morales pueden realizar su declaración anual desde enero hasta el 31 de marzo.

"Obviamente, las personas que tienen saldo a favor son las que hacen sus declaraciones lo más pronto posible para recibir su devolución más rápido.

"La fecha límite para que las personas físicas presenten su declaración se considera siempre abril para efectos de la campaña, pero ya lo pueden hacer desde ahora", indicó.

Expuso que a una persona física que efectúe su declaración anual de forma anticipada, se le toma como presentada el 1 de abril, para efectos del cómputo de los plazos.

Entonces, si pidiera una devolución se comenzaría a contar desde abril para recibirla.

Diarte Martínez dijo que todas las personas morales tienen que hacer su declaración anual por Internet, como también presentar sus declaraciones provisionales.

Para esto, al ingresar en la página de Internet del SAT observarán un icono que dice personas morales y deben presentarlo vía el DEM, el programa para las personas morales.

Lo descargan de la página de Internet y ahí capturan sus datos y envían su declaración en línea.

Si se trata de una declaración con saldo a cargo, el pago del impuesto se paga en el portal del banco y si es saldo a favor del contribuyente, debe presentarse en el portal de Internet.

Para personas morales ya no hay ventanillas, todos los trámites ante el fisco son por medio de Internet y para las personas físicas hay dos universos:

Las que están obligadas a declarar por Internet son las que tienen actividades de servicios profesionales o por renta de bienes inmuebles, cuyos ingresos del año pasado fueron superiores a los 300 mil pesos, o las que tienen actividades empresariales cuyos ingresos fueron superiores a un millón 750 mil.

El resto de las personas físicas obligadas a efectuar su declaración anual pueden hacerlo por medio de papel en el formato 13 o en el formato 13-A para asalariados.

No todas las personas morales están obligadas a declarar en marzo. Hay personas morales no contribuyentes, otras dictaminan y declaran en junio, en el dictamen fiscal
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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29/Mar/06 11:47

EN EL ESCRITO SE MENCIONA QUE POR REGLAMENTO SE PRORRGA LA PRESENTACION DE LA DECLARACION AL AL LUNES 3 DE ABRIL DE 2006, HE CHECADO EL EL REGLAMANTO DEL CF Y NO LOCALIZO NINGUN NUMERAL RELACIONADO, SOLO EN 12 DEL CFF QUE HABLA AL RESPECTO
 
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TORREZ
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29/Mar/06 13:23

BUENO QUE MEJOR QUE EL CODIGO LO MENCIONE Y QUE "LA AUTORIDAD" ASI LO INTERPRETE

SALUDOS
 
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lobozac
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