17/Mar/06 17:00
Re: ¿Recibo sin RFC y sin IVA?
LEONARDOM:
Como bien mencionan los colegas, se puede expedir el comprobante sin que éste incluya el RFC del cliente (arrendatario en este caso), y el IVA puede o no ir desglosado.
En realidad no existe repercusión alguna para el arrendador que expide el comprobante, puesto que éste está cumpliendo con las obligaciones de Ley.
Cabe recodara que el expedir un comprobante con todos los requisitos fiscales dependerá de que el cliente así lo solicite, y de que éste muestre sus datos de identificación fiscales. Si el cliente no solicita los datos, o no comprueba su identidad fiscal, sí se debe expedir un comprobante, pero bastará con que se haga sin los datos del cliente y sin el IVA desglosado.
En resumen, no se incurre en ninguna violación por expedir el comprobante de esa forma.
Si el cliente no quiere recibir el comprobante, ya no es problema de quien expide el comprobante, pues él está cumpliendo con la obligación de expedirlo.
|°¬|Cavas