Una pregunta... una persona física con actividad empresarial, que su giro principal es agricultura, y leyendo las facilidades adminsitrativas, en materia de impuestos tienen muchos beneficios, tales que cuando les sale impuesto a pagar lo pueden acreditar por medio de Credito diesel, segun el articulo 17 fraccion VI y VII de la ley de ingresos donde se menciona que se puede acreditar el IEPS. Otro facilidad que el art 81 frac.V donde dice que se pyede reducir un 42.86% de ISR por actividades agricolas.
Otro beneficio es rel art 109 frc. XXVII donde se mecionan los ingresos exentos que pueden ser hasta 40 veces el salario minimo.
Con todo esto, sacando la base gravable y poniendolo en las tablas para sacar su impuestio determinada, lo cual se puede disminuir por medio de esas facilidades, y de alli si nos da un impuesto a pagar ya despues de todas las facilidades aplicar el acreditamiento del IEPS como lo mencioné arriba..... todo esto es así o que manera me aconsejan???
ASI ES, CON ESOS BENEFICIOS QUE MENCIONAS CUENTAN, PERO HAY QUE CUMPLI CON CIERTOS REQUISITOS ASI QUE SI PUEDES APLICAR TODO ESO SOLO CUIDA LOS REQUISITOS ANEXOS QUE POR LO QUE VEO YA TIENES IDENTIFICADOS.