03/Feb/06 16:42
Re: Deduccion interes real
BR1; APARENTEMENTE SOLO SERÁN DEDUCIBLES CUANDO LOS CRÉDITOS SON CONTRATADOS CON EL SISTEMA FINANCIERO, EL 16 DE DICIEMBRE 2005 EN LA PAGINA DEL SAT LO RATIFICA:
Actualización: 16/diciembre/2005 Principal Información Fiscal Declaración Anual 2005
[/b:5bf0a7d597][b:5bf0a7d597]Intereses reales por créditos hipotecariosSi este año 2005 usted pagó intereses reales derivados de créditos hipotecarios contratados con las instituciones integrantes del sistema financiero [/b:5bf0a7d597]y utilizados únicamente para la construcción o remodelación de casa habitación, o para el pago de pasivos destinados para la adquisición, construcción o remodelación de casa habitación, [b:5bf0a7d597]y siempre que el crédito otorgado no exceda de un millón quinientas mil unidades de inversión (UDIS), podrá hacerlos deducibles en la declaración anual.
Para esto, las instituciones que perciban el pago de intereses deberán proporcionarle por escrito, ya sea en su estado de cuenta o en una constancia anual, a más tardar el 15 de febrero de 2006, el monto de los pagos que haya efectuado por este concepto. En dicho documento se deberá informar el monto de los intereses nominales devengados y pagados en 2005, separando el monto pagado de los intereses reales.
Servicio de Administración Tributaria, México.
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'