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24/Ene/06 14:05
Exclusion Gral Elevada al Año

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Buenas Tardes
Necesito Opiniones....como ven en la Ley del ISR para el calculo Anual de Sueldos y Salarios nos menciona la exclusion Gral elevada al año., bueno mi pregunta es ,si cambiaron el formato 37 mmm según mi perspectiva para identificar que contribuyentes tomo dicha exclusión , tardaría más la devolución de su saldo a favor.
Estoy haciendo los calculos con exclusion y sin exclusion., el asunto es la devolución de los saldos, más que nada para evitarme problemas con los empleados a quienes entregaría constancias para que realicen su declaración anual.
Lo pregunto porque he realizado Declaraciones donde su constancia trae la opción del calculo del año 91 y las devoluciones las retrasan.
GRacias
Cualquier opinión la agradezco
Bye
Esme
 
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Moroles
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24/Ene/06 22:35
Re: Exclusion Gral Elevada al Año

Moroles:

Antes que nada, te recomiendo los siguientes artículos que tratan sobre el tema que planetas, me parece que ahí puedes encontrar la respuesta a tu planteamiento:

¿Cuál es el formato 37 a utilizar en 2006?
http://www.fiscalia.com/article1262.html

Exclusión general para personas físicas: ¿Aplicable en 2005?
http://www.fiscalia.com/article875.html

ISR Anual por Salarios en 2005 - Parte II: Con Exclusión General
http://www.fiscalia.com/article1156.html

De cualquier forma, te adelanto que el formato 37 volvió a ser modificado para ser regresado al estado en que estuvo en 2005; es decir, sin los conceptos de exclusión general, etc.

Ahora bien, me parece que si deseas aplicar la exclusión general para darle un beneficio a tus trabajadores, deberás estar dispuesto a dirimir el asunto en un pleito ante los tribunales correspondientes.

En mi opinión está demostrado que la exclusión general para el caso de los asalariados es aplicable en 2005, pero es seguro que la autoridad no comparte ese criterio y seguramente se presentarán rechazos y observaciones por parte de la autoridad.
 
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Cavas
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25/Ene/06 15:43

la excclusion general estaba considerada como una deduccion en el nuevo sistema de salarios que pretendio entrar para el año 2005, que al quedar derogado este esquema ya no aplica dicha exclusion general por lo tanto se siguen calculando los sueldos y salarios de la misma forma que en el 2004
 
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marcoacoello
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25/Ene/06 15:44

perdon es para el año 2006 no 2005
 
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marcoacoello
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26/Ene/06 9:08
Re: Exclusion Gral Elevada al Año

Yo creo que es correcto lo que el compañero esta haciendo recuerden ustedes que el aplicar la mecanica establecida en el articulo 115 hasta el año de 2004 es una opción para el contribuyente así lo establece la disposición de la autoridad. lo que si esta en ley y es lo que no debemos de perden de vista es el calculo con exclusion general como lo esta llevando a cabo nuestro compañero.

asi que aplique lo que mas le convenga al trabajador.

solo acuerdate que el articulo 115 dice exclusion general o los exentos asi ten cuidado porque tal vez los exentos resulta mas benefico.

saludos
 
'He tomado sobre mi el monopolio de mejorar sólo a una persona, y esa persona soy yo mismo, y sé cuán dificil es conseguirlo' Mahatma Gandhi.
 
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ELNUME
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27/Ene/06 13:13
Re: Exclusion Gral Elevada al Año

Como los conceptos exentos están limitados a que el total de percepciones no rebase de 7 salarios mínimos generales, en cuyo caso únicamente se tendrá exento una cantidad equivalente a 1 SMG, generalmente resulta más conveniente la exclusión general.

Sin embargo, como lo comenté anteriormente, es importante que para tomar esta decisión se sopese el beneficio obtenido contra el riesgo generado, así como evaluar el resultado que se pueda obtener en caso de ganar un amparo.
 
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Cavas
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