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02/Jun/04 16:14
RESPUESTA SAT A "PROVISIONALES" ACCIONISTAS

HACE ALGUNOS DIAS CONSULTE AL FORO Y AL SAT RESPECTO DE PRESENTACION DE PROVISONALES DE ACCIONISTAS, AMABLEMENTE ALGUNOS COLEGAS RESPONDIERON Y EL SAT RESPONDIO ASI, QUE OPINAN ??

Con relación a su consulta se le informa a manera de orientación que en
virtud de que los socios accionistas solo se encuentran obligados a acumular los ingresos por dividendos o utilidades percibidos en el ejercicio de que se trate en la declaración anual correspondiente, de conformidad con el artículo 165 de la Ley del ISR, por lo que [color=blue:26778a302f]si no existieron ingresos [/b:26778a302f][/color:26778a302f]de ninguna índole en el ejercicio fiscal 2003, [b:26778a302f][color=red:26778a302f]no se deberá presentar
declaración alguna[/color:26778a302f][/b:26778a302f], [color=green:26778a302f][b:26778a302f]debiendo únicamente presentar el aviso de suspensión [/color:26778a302f]de actividades ante la Administración Local de Asistencia la Contribuyente que le corresponda, para lo cual deberá utilizar el formato R-2, mismo que podrá requisitar en la AYUDA ELECTRÓNICA PARA LA CAPTURA DE LOS FORMATOS R1, R2 Y
ANEXOS CORRESPONDIENTES,


Cabe mencionar que el aviso de suspensión deberá contener la fecha en que éste es presentado ante la autoridad fiscal, ya que no es procedente el
aviso retroactivo.

LUEGO EN ESTE PARRAFO MENCIONAN LO SIGUIENTE

Asimismo, [color=blue:26778a302f]las declaraciones que no se hayan cubierto deberán serlo[/color:26778a302f], ya que la suspensión de actividades implica ya no presentar declaraciones posteriores a dicha presentación no así las generadas antes de dicho aviso e incluso aún suspendido éstas pueden ser requeridas por la autoridad fiscal, de conformidad con el artículo 21 del Reglamento del CFF, para lo cual podrá acudir a la Administración Local de Asistencia al Contribuyente a fin de ser orientado al respecto.


POR FIN, APLICA LA NO PRESENTACION DE DECLARACIONES DEL PRIMER PARRAFO........................

O TENGO QUE PRESENTAR DECLARACIONES COMO LO SEÑALA EL SEGUNDO PARRAFO, ..............PRECISAMENTE ESA ES MI DUDA.

NUEVAMENTE, QUE OPINAN ???

SALUDOS
 
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lobozac
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03/Jun/04 9:18
Re: RESPUESTA SAT A "PROVISIONALES" ACCIONISTAS

Mira lo que sucede es lo siguiente, por ejemplo cuando das de alta a una persona como socio de una SC, la SC le paga por medio de remanente distribuible (Asimilado a Salarios) por lo que la SC le retniete ISR y la cual entera mes a mes, pero el socio no tiene que hacer ningun pago provisional, solo tiene que elaborar su declaracion anual.

Pero que pasa si no tuvo ingresos en todo el año, pues no tiene la obligacion de presentar ninguna declaracion.

Yo me imagino que en segundo parrafo hace referencia a las obligaciones adquiridas antes de presentar el aviso de suspecion. Si tuvo la obligacion de presentar una dec anual, el socio debe presentrala por que esa fue una obligacion adquirida.

Para un mejor entendimiento del segundo parrafo, imagina a una persona que se inscribe en "honorarios" en el mes de enero y el 31 de enero presenta un aviso de suspesion de actividades, el tiene la olbigacion de presentar declaraciones que se generaron cuando tuvo activa sus claves ante hacienda; del mismo modo los socios tienen que cumplir con las obligaciones que tuvo vigente durante el tiempo que estuvo activo ante hacienda y si no tuvo ingreso, pues no presenta ninguna declaracion.
 
Saludos Marco Antonio
 
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Marco_a
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