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21/Dic/05 9:55
BENEFICIO POR MEJORAS QUE PASAN A PODER DEL PROPIETARIO

Saludos,

Espero alguien me pueda orientar en lo siguiente:

En el año 95 hice una mejoras al edificio que estoy rentando, en el contrato se estipuló que al termino de este las mejoras pasarian a ser propiedad del dueño sin costo alguno, yo estoy amortizando fiscalmente las mejoras al 5 % como lo marca la ley y contablemente las estoy amortizando segun la vida del contrato de arrendamiento por lo que contablemente ya está totalmente amortizado pero fiscalmente me falta, en este mes se termina el contrato por lo que en el mes de enero lo voy a renovar, segun el art. 20 d ela Ley de ISR fracc IV. me dice que el costo segun avaluo pasará a ser ingreso para el propietario, debo entender entonces que en el mes de enero el dueño lo debe reconocer como ingreso y entonces yo que hago con lo que me falta por amortizar fiscalmente? lo debo seguir amortizando o lo puedo deducir en su totalidad?
 
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MEXTAX
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21/Dic/05 11:56
Re: BENEFICIO POR MEJORAS QUE PASAN A PODER DEL PROPIETARIO

Me vere mal, pero partamos del lado "lóogico" (seran las leyes asi?), si las mejoras las realizaste en un bien ajeno, como bien dices las has depreciado mediante la aplicacion del 5% anual, si ya vas a desocupar dicho inmueble no podras llevarte el pedazo del edificio en el cual invertiste, por logica (y como bien señalas) el para el dueño sera un ingreso, para ti una deducción ya que dejara de ser util para el desarrollo de tu actividad.

Art. 42 Fracc. VI LISR
 
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BR1
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