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15/Dic/05 12:12
IMPAC PERSONA MORAL ( URGENTE )

Saludos afectuosos:

Espero me puedan ayudar con el siguiente caso:


La Secretaría de Hacienda y Crédito Público ha requerido a la compañía el pago de diferencias en el impuesto al activo (impuesto mínimo corporativo que pagan las empresas en México) por la no inclusión en la determinación de este impuesto de los bienes fideicomitidos. A este respecto, en el año 2001 la compañía ganó un juicio en contra del pago del impuesto al activo determinado sobre las bases que reclama la Secretaría de Hacienda, por lo que las probabilidades de que el crédito reclamado se materialice parecen bajas; sin embargo, existen otros activos (Villas para los empleados) que no se encuentran bajo el esquema de fideicomiso y por las cuales si se debería de pagar el impuesto

El terreno se escrituro en diciembre 2001, por lo que se determino por parte de la empresa pagar las diferencias que por este concepto resultasén.

Se presentaran declaraciones anuales complemtarias y se pagaran por portal bancaria las diferencias a cargo mas accesorios.

del año 2001,2002,2003 y 2004
y complementarias del 2005 de todos los meses ya que la base del calculo de pagos provisionales cambiaria.

la duda es como presento las declaraciones anuales por q medio ? y cual programa es en cada año?

solo tengo claro que el 2004 no se presento la declaracion anual que el dictamen la hace.

En el 2003 por el DEM. agradeceria sus comentarios al respecto, y si estoy mal en algo me lo hagan saber.

Gracias anticipadas.


Mike

Espero su ayuda
 
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Mikeleyva
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15/Dic/05 12:36
Re: IMPAC PERSONA MORAL ( URGENTE )

Sorry otra preguntita.

La suerte principal, actualizacion
Se considerarian no deducibles?' los recargos si son deducibles.

Gracias.


Mike
 
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Mikeleyva
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15/Dic/05 13:02
Re: IMPAC PERSONA MORAL ( URGENTE )

a groso modo te digo:

en la actualidad la informacion se presenta en el dictamen, pero, si tienes impto a cargo se hace atraves del portal bancario, o si es sin iimpuesto atraves del dem....informativa....

2002 de conformidad con la regla vigente en 2003

2001 papel

checate la rmf ahi encontraras tu respuesta precisa ....ahh regla2.17 cff

oye la actualizacion no es deducible los recargos si...
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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15/Dic/05 17:13

Gracias por tus comentarios

Haber 2001 papel
2002 regla vigente del 2003?' alguien sabe.
2003 por el dem?
Ok 2004 solo pagar en portal bancario la diferencia
.Ok con la actualizacion y recargos.
Gracias anticipadas por sus comentarios

Mike
 
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Mikeleyva
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