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01/Nov/05 12:15
Gastos en el extranjero de autos de subordinados

Señores (as):

Alguien sabe si hay forma de deducir (o si son deducibles) los gastos de automóviles de empleados, pero que se hacen en el extranjero... o por viajes que se realizan al extranjero.

Gracias anticipadas por sus sugerencias.
 
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Thomper
Capitán Segundo

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01/Nov/05 17:25
Re: Gastos en el extranjero de autos de subordinados

Yo lo deduciría conforme al art. 50 del reglamento de la ley de ISR, ademas acuerdate que puedes aplicar lo que dice la resolucion 3.12.2


3.12.2.
Para los efectos del artículo 109, fracción XIII de la Ley del ISR, las personas físicas que reciban viáticos y sean erogados en servicio del patrón, podrán no comprobar con documentación de terceros hasta un 10% del total de viáticos recibidos en cada ocasión, sin que en ningún caso el monto que no se compruebe exceda de $15,000.00 en el ejercicio. El monto de los viáticos deberán depositarse por el empleador a la cuenta del trabajador en la que perciba su nómina.
Las cantidades no comprobadas se considerarán ingresos exentos para los efectos del ISR, siempre que además se cumplan con los requisitos del artículo 32, fracción V de la Ley del ISR.
Lo dispuesto en la presente regla no es aplicable tratándose de gastos de hospedaje y de pasajes de avión.
 
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MEXTAX
Capitán Segundo

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01/Nov/05 18:19
Re: Gastos en el extranjero de autos de subordinados

Chicos,

El problema con el artículo 50 del Reglamento es que solamente aplica para el territorio nacional. Chequen el último parrafito.

Yo creo que en principio no son deducibles conforme a esa regla.

Opino que el viaje sí se puede hacer al extranjero, pero la documentación comprobatoria tiene que ser mexicana, o sea que si el carro se descompone se tiene que arreglar en México.

Depende de la empresa, pero en ocasiones es mejor para esos viajes tomar el automóvil de la empresa, y esos gastos sí son deducibles porque no están limitados a que sean en territorio nacional, como sí lo están para el carro de empleados. :lol:

Chao!

MF
 
:)
 
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maricelaflores
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02/Nov/05 11:36
Re: Gastos en el extranjero de autos de subordinados

Definitivamente el problema es que la ley solamente contempla que los gastos sean erogados en México.

Aún cuando dichos gastos sean estrictamente indispensables, el problema es que son gastos de automóviles que no son propiedad de la empresa o del contribuyente, y eso los haría no deducibles.

Considero que mientras los gastos no sean erogados en México, éstos no son deducibles... me parece una injusticia, pero así está la ley.

Salud!

Vala
 
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XAXX
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03/Nov/05 20:05
Re: Gastos en el extranjero de autos de subordinados

Ni hablar, me queda muy claro y les agradezco mucho.

Taratemos de arreglar los autos únicamente en México o, como dicen, que se use el de la empresa, así los gastos sí son deducibles donde quiera que se hagan.

Gracias!
 
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Thomper
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