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20/Oct/05 9:44
pagos al extranjero

Cuento con una factura de un proveedor en el extranjero al cual le pago facturas mesnsuales y trimesrtrales por concepto de publicaciones de estudios de mercado, tengo que hacerle alguna retención por concepto de ISR por tratarse de un proveedor extranjero.?
Dicho proveedor es de Swiza.
Gracias...
 
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floriux
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21/Oct/05 8:24
Re: pagos al extranjero

Para apoyarte mejor es necesario saber:

Donde se presta efectivamente el servicio?

Cómo se da el aprovechamiento en México de ese servicio?

Como se dan las publicaciones?

Entre mas detalles des , la respuesta será mas acertada.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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22/Oct/05 10:02
pagos al extranjero

Por ley le tendrias que retener el Impuesto sobre la renta, es decir el 30% , el 20% en algunos casos, te aconsejo revises los tratados para evitar la doble tributacion en este caso con Suiza, alli debera venir el que efectivamente le tienes que retener un impuesto, el cual segun su ley debera ser deducible de sus propios impuestos (en caso de existir el tratado)

Por ahora yo solo he manejado el tratado con EU que dice que tienes que retener el 10% por pago.

Saludos
Luis Morales
luikb.morales@gmail.com
 
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luikb
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24/Oct/05 12:42
Re: pagos al extranjero

Colegas:

Antes de decir que se debe retener impuesto, es necesario definir ciertos aspectos de la operación, como lo comenta Cheque.

Primeramente es necesario saber en qué consisten las "publicaciones de estudios de mercado".

¿Usted le paga a ellos para que publiquen sus estudios?
¿Usted le paga a ellos por los estudios publicados?
El proveedor es de Suiza, pero ¿A dónde se efectúa el pago?
¿Se tiene un contrato celebrado por este bien/servicio?
Si usted compra sus estudios, ¿Son estudios elaborados únicamente para usted o es una publicación del estilo de una revista o gaceta periódica?

Como se mencionó, es importantísimo saber en dónde se está aprovechando el servicio y en dónde se está prestando.

Agradeceremos mayores detalles para dar opiniones mejor fundamentadas.

Para Luis Morales: Creo conveniente aclarar que el tratado tributario con EUA prevé una tasa de 10% únicamente para ciertos tipos de ingresos, la gran mayoría no llevan retención si se cumplen los requisitos correspondientes. Por eso es importante conocer primero en qué categoría de ingreso se ubica la operación correspondiente.

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|°¬|Cavas
 
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Cavas
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