14/Oct/05 11:34
Re: Grava para IVA a la tasa del 10% o 0% ?
jhony:
Esta cuestión es un tanto delicada porque se presta a dos posturas.
Una postura es que como es un producto destinado a la alimentación, lleva la tasa 0% como varios productos alimenticios lo tienen, aún cuando se sabe que está procesado. Esta postura, la verdad, se me hace más riesgosa y difícil de sostener.
La otra postura es que, precisamente, como ya está preparado, entonces lleva la tasa que en tu caso es del 10%, como lo mencionas.
De hecho si te fijas en la Regla 5.3.2., señala que no se consideran alimentos preparados para su consumo en el lugar o establecimiento en que se enajenen, los siguientes:
I. Alimentos envasados al vacío o congelados.
II. Alimentos que requieran ser sometidos a un proceso de cocción o fritura para su consumo, por parte del adquirente, con posterioridad a su adquisición.
III. Preparaciones compuestas de carne o despojos (incluidos tripas y estómagos), cortados en trocitos o picados, o de sangre, introducidos en tripas, estómagos, vejigas, piel o envolturas similares (naturales o artificiales), así como productos cárnicos crudos sujetos a procesos de curación y maduración.
IV. Tortillas de maíz o de trigo.
V. Productos de panificación elaborados en panaderías resultado de un proceso de horneado, cocción o fritura, inclusive pasteles y galletas, aun cuando estos últimos productos no sean elaborados en una panadería.
Fíjate que sí considera a los pasteles y galletas como productos no preparados, por lo que sí pueden someterse a la tasa 0%, pero no hace mención alguna a dulces o chocolates, como es le caso.
Concluyendo: Tal vez se podría defender la postura de que es un producto destinado a la alimentación que causa el 0% de IVA, pero por los criterios de la autoridad y de los tribunales, parece tener más peso la postura de que se causa el 10%.
A ver si alguien quiere ampliar comentarios.
Salud!
Vala
Vala