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12/Oct/05 10:29
SUPER URGENTE!!!!!

BUEN DIA
ESTIMADOS FORISTAS
CUAL ES LA REGLA DE RMF PARA 2005 QUE OTORGA LA OPCION DE PRESENTAR SOLO EL PRIMER ESTADÌSTICO Y YA NO PRESENTAR LOS DEMAS HASTA QUE SE TENGA SALDO A FAVOR O BIEN IMPUESTO A PAGAR .....

GRACIAS....
 
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AURY
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12/Oct/05 10:43
Re: SUPER URGENTE!!!!!

Regla 2.14.2 RMF2005 . . ., sólo transcribo la parte que contesta a tu pregunta, pero te sugiero que leas la regla completa.

"Los contribuyentes personas físicas que conforme a lo establecido en esta regla estén obligados a presentar información de las razones por las cuales no se efectúa el pago por alguna de sus obligaciones fiscales, a excepción de aquellas contribuciones que se consideren como pagos definitivos presentarán la primera información señalando las razones por las que no tienen impuesto a cargo, quedando relevados de la obligación de hacerlo en los meses subsecuentes del ejercicio, hasta en tanto no tengan impuesto a cargo o saldo a favor y no varíe la razón señalada en la información presentada con anterioridad".

Sólo aplica para personas físicas, si eres una persona moral tendrás que presentar mensualmente las declaraciones estadísticas por las contribuciones que indica la misma regla.
 
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Lukard
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12/Oct/05 10:48
Re: SUPER URGENTE!!!!!

disculpa lukard, pero... tienes la última RM actualizada? porque en la que yo tengo dice "los contribuyentes" y esta facilidad no aplica para ISR Aury. ok.
 
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12/Oct/05 10:49
Re: SUPER URGENTE!!!!!

buenos dias

esta es la regla miscelanea:

2.14.2. Para los efectos del artículo 31, octavo párrafo del Código, cuando por alguna de las obligaciones a declarar no exista impuesto a pagar ni tampoco saldo a favor, por la obligación de que se trate, los contribuyentes deberán presentar a más tardar el último día en que estén obligados a presentar la declaración de pago que corresponda, la información de las razones por las cuales no se realiza el pago, a través del formato electrónico correspondiente contenido en la dirección de Internet del SAT (www.sat.gob.mx) El SAT enviará a los contribuyentes el acuse de recibo utilizando la misma vía, el cual deberá contener el sello digital generado por dicho órgano.
Para los efectos del párrafo anterior, los datos que se deberán proporcionar en la dirección electrónica citada son: identificación del contribuyente; concepto del impuesto, por obligación; periodo; ejercicio; tipo de declaración y razón o razones por la(s) que no existe impuesto a pagar ni saldo a favor. Tratándose de la información a que se refiere el segundo párrafo de la regla 2.14.3. de esta Resolución, adicionalmente se deberá señalar el monto efectivamente pagado con anterioridad y fecha del mismo.
Los contribuyentes no presentarán la información de las razones por las que no se realiza el pago, cuando se trate de las siguientes obligaciones:
I. Retenciones del IVA, IEPS o ISR, excepto tratándose de las que se deban efectuar por los ingresos a que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley del ISR.
II. Pagos provisionales del IMPAC.
Los contribuyentes personas físicas que conforme a lo establecido en esta regla estén obligados a presentar información de las razones por las cuales no se efectúa el pago por alguna de sus obligaciones fiscales, a excepción de aquellas contribuciones que se consideren como pagos definitivos presentarán la primera información señalando las razones por las que no tienen impuesto a cargo, quedando relevados de la obligación de hacerlo en los meses subsecuentes del ejercicio, hasta en tanto no tengan impuesto a cargo o saldo a favor y no varíe la razón señalada en la información presentada con anterioridad


espero haberte ayuado.
 
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lcruizuscanga
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12/Oct/05 10:55
Re: SUPER URGENTE!!!!!

[quote:7955630852="AURY"]BUEN DIA
ESTIMADOS FORISTAS
CUAL ES LA REGLA DE RMF PARA 2005 QUE OTORGA LA OPCION DE PRESENTAR SOLO EL PRIMER ESTADÌSTICO Y YA NO PRESENTAR LOS DEMAS HASTA QUE SE TENGA SALDO A FAVOR O BIEN IMPUESTO A PAGAR .....

GRACIAS....

[color=blue:7955630852]ESTE ES LO QUE APARECE EN LA PAGINA DEL SAT EN LA SECCION DE E-SAT, OPERACIONES, Declaración informativa de razones por las cuales no se realiza el pago (avisos en cero)



Actualización: 28/septiembre/2005
PrincipalServiciosNoticias y BoletinesPresentación de declaracion informativa de razones por las cuales no se realiza el pago

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Declaración de información estadística (Avisos en cero)


¡Ahora es más fácil cumplir!

Si es persona física y no tiene impuesto a cargo, unicamente debe presentar su primera Declaración de información estadística (Avisos en cero), señalando el motivo por el que no pagará el impuesto y ya no necesitará presentarla en el año, hasta que tenga saldo a cargo o a favor y el motivo señalado en la declaración presentada no varíe.


Esta facilidad no aplica para personas morales, ni para los contribuyentes obligados a presentar pagos definitivos.


Aplicación de envío de Declaración de información estadística (Avisos en cero)




Servicio de Administración Tributaria, México.



Y TE DEJO EL LINK POR CUALQUIER DUDA:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_3336.html


ESPERO HABERTE AYUDADO[/color:7955630852]
[/quote:7955630852]
 
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