Hola, tengo una duda, hasta donde entiendo a partir de l 1º de Diciembre entrara en vigor la disposision de pagar con tarjeta de credito y/o debito, cheque nominativo el combustible para vehiculos terrestres, aereos etc. mi duda es la siguiente en mi empresa se compran vales a esas empresas autorizadas ¿estos si seran deducibles? otra duda es que en el caso de los ejecutivos y vendedores puede pagar ellos con sus tarjetas personales de credito o debito y preentar los combprobantes en su reembolso de gastos y/o viaticos, o las tarjetas deben obligatoriamente ser de la empresa?
MUCHO SE HA HABLADO AL RESPECTO, PORQUE NO LE DAS EN EL BUSCADOR ?........AHI ENCONTRARAS TOPICOS CON INFORMACION AL RESPECTO
SALUDOS
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Los vales a como van las cosas (quien sabe y cambien), son no deducibles para estos efectos, solo que entiendase vales que emiten como por ejemplo: gasocheq, gasopass, efectivale etc. Pero los vales emitidos por las mismas gasolineras si son deducibles, ya que cumples con comprarle a ellos con cheque, transferencia o como marca la ley y las RMF.
En principio, las tarjetas deben ser empresariales, pero esta "duro" soltarles tarjetas a cualquier empledos (es como darles cheques en blanco), por lo que exixte la posibilidad de cumplir con la deduccion contemplando el pago a cuenta de terceros