11/Oct/05 20:47
Re: Deducible sólo una parte de la factura?
lclau:
Interesante pregunta.
Si recordamos las disposiciones de renta, no existe ninguna que diga que el monto en la factura debe coincidir con el monto de la erogación. De hecho, para efectos de deducibilidad el comprobante únicamente de contener los datos relativos a la identidad y domicilio de quien lo expida.
Por supuesto que sería ilógico pensar que puedo deducir una erogación mayor a lo que viene en la factura, pero cuando el monto de deducción es menor a lo amparado por el comprobante, me parece perfectamente deducible siempre que también sea indispensable para el desarrollo de la actividad.
De hecho hay que recordar que hay gastos o inversiones parcialmente deducibles como los automóviles, gastos de viaje, etc., y el monto de la factura siempre cubrirá el total de la operación aún cuando la deducción a la que se tenga derecho sea menor.
En este caso, es algo análogo: Tú tienes una factura que ampara la compra de varios productos de los cuales solamente algunos son deducibles, por lo que únicamente deducirás lo correspondiente.
Espero haber sido de ayuda.
Salud!
Vala
Vala