11/Oct/05 17:08
Re: Duda Sobre Donativos????
La Ley del "ISR" en el Articulo 31 Facción I.
El tope es "Donativos No Onerosos ni renumerativos"
Como se puede observar queda, a criterio de la autoridad definir cuando la autoridad este en facultades de comprobación, la autoridad podria aceptar o rechazar los donativos, se tendia que evaluar la posibilidad de inerponer recurso de defensa. Anexo Articulo:
Artículo 31
Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
I. Ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente, salvo que se trate de donativos no onerosos ni remunerativos, que satisfagan los requisitos previstos en esta Ley y en las reglas generales que para el efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria y que se otorguen en los siguientes casos:
"Es Mejor Quemarse que Apagarse Lentamente" K.D. Cobain
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