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10/Oct/05 15:52
[color=darkblue]Urgeeeeeeee[/color]

Hola chicos y chicas buenas tardes, espero que me puedan ayudar un grupo de brasileños me acabn de prestar un servicio en mi empresa, nada más quiero saber la tasa de retención que debo manejar, y ver si alguno de ustedes ya ha tenido algun caso igual, de acuero al art.183 LISR yo le tengo que retener el 25%, pero yo tengo entendido que si hay algun tratado o algun acuerdo con el país en este caso Brasil puedo aplicar otra tasa, ya busque y solo encontre un acuerdo comercial entre México y Brasil, pero no encuentro la tasa para los servicios, solamentes viene un desgloce de los aranceles para los bienes, espero que me puedan ayudar ya que a más tardar hoy tengo que informar a mi jefe que tasa corresponde retener.
De antemano muchas gracias.
 
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lupitandrade
Soldado

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10/Oct/05 16:35
Re: [color=darkblue]Urgeeeeeeee[/color]

Buena tarde:
Para obtener los beneficios de los tratados para evitar la doble tributación el sujeto pasivo, deberá acreditar su residencia fiscal...... en los términos del artículo 5 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y artículo 9 del Código Fiscal de la Federación.

Por lo que respecta a los tratados para evitar la doble tributación del República Federativa del Brasil, se encuentras en la Página del Sat, concretamente tendrías que buscar el artículo 14, relacionado con los Trabajos Independientes.
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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