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08/Oct/05 1:27
yuvenia :pregunta por las incapacidades medicas del imss

soy auxiliar en una compañia y deseo que me ayuden donde debo colocar las incapacidades medicas un trabajador recibio 10 dias, comolas pago, o que hago con ellas como las reflejo en las nominas, deseo me auxilien con sus conocimientos.

por otro lado un trabajador que tenia 4 años en la empresa desea salirse ya, que se retira de la empresa como debere pagarle ya si laboro 4 años 3 meses, agradecere su ayuda en este foro
muchas gracias
 
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mariocervantesrea
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08/Oct/05 8:18
Re: yuvenia :pregunta por las incapacidades medicas del imss

De lo poco que te entendi, las incapacidades no las contabiliza, ni las paga la emrpesa. Las paga el Imss a partir del 4o. dia. Estas las debe cobrar el trabajador incapacitado y es un subsidio debido a su enfermedad. La empresa no tiene obligacion de pagar nada al trabajdor, puesto que ya le esta pagando el Imss por lo tanto no debes reflejarlo en nomina; solo como ausencia por incapacidad medica, pero sin pago.

Por otra parte debes aclarar si el trabajador que se retira de la empresa lo hace voluntariamente o fue despedido, porque son situaciones diferentes, y por lo tanto calculos diferentes.
 

 
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buho
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08/Oct/05 9:42
Re: yuvenia :pregunta por las incapacidades medicas del imss

[quote:3de6e692b5="mariocervantesrea"]soy auxiliar en una compañia y deseo que me ayuden donde debo colocar las incapacidades medicas un trabajador recibio 10 dias, comolas pago, o que hago con ellas como las reflejo en las nominas, deseo me auxilien con sus conocimientos.[/quote:3de6e692b5]

Efectivamente, las incapacidades las paga el Imss, y en mi caso las reflejamos en nómina bajo la deducción de Incapacidad Enf. Gral, Incapacidad R.T., etc. Es importante mencionar que las incapacidades se expiden por dias naturales, por lo tanto, asi debes de descontarlos en nómina y aplicarlos en el Sua.

[quote:3de6e692b5="mariocervantesrea"]por otro lado un trabajador que tenia 4 años en la empresa desea salirse ya, que se retira de la empresa como debere pagarle ya si laboro 4 años 3 meses, agradecere su ayuda en este foro
muchas gracias[/quote:3de6e692b5]

Primero, como él es el que se quiere ir, debe de firmarte la renuncia, y posteriormente, deberás elaborar su finiquito pagandole unicamente:

Proporcion de Aguinaldo
Proporción de Vacaciones
Prima Vacacional
 
[color=black:5d36c7ecef][size=16:5d36c7ecef]JC@rlos[/size:5d36c7ecef][/color:5d36c7ecef] [color=grey:5d36c7ecef]El mayor conocimiento que existe, es conocerse a sí mismo[/color:5d36c7ecef]
 
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jcarlos923
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08/Oct/05 11:30
Re: yuvenia :pregunta por las incapacidades medicas del imss

[quote:bb47924bb9="jcarlos923"]...elaborar su finiquito pagandole unicamente:

Proporcion de Aguinaldo
Proporción de Vacaciones
Prima Vacacional[/quote:bb47924bb9]
... dependiendo de como sean las prestaciones que tenga el patron o de acuerdo con las minimas de ley....

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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10/Oct/05 12:32

SI LAS INCAPACIDADES SON POR ENFERMEDAD GENERAL, RECUERDA QUE DEBES SUBCIDIAR LOS PRIMERO TRES DIAS EL PATRON, TODOS LO POSTERIORES EL INSEGURO


SALUDOS
 
ROSARIO COTO TEL. 57 26 56 00 EXT. 55 92 rcoto@kaltex.com.mx jimycoto@latinmail.com
 
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COTO
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10/Oct/05 12:49

[quote:e5727fafbe="COTO"]SI LAS INCAPACIDADES SON POR ENFERMEDAD GENERAL, RECUERDA QUE DEBES SUBCIDIAR LOS PRIMERO TRES DIAS EL PATRON, TODOS LO POSTERIORES EL INSEGURO


SALUDOS[/quote:e5727fafbe]LOS 3 PRIMEROS DIAS DE LAS INCAPACIDADES POR ENFERMEDAD GENERAL NO LAS CUBRE NADIE, LA INCAPACIDAD SOLO SIRVE COMO JUSTIFICANTE DE FALTA. EL PATRON ES QUIEN DECIDE PAGARLAS O NO, DEBE ESTAR IMPLEMENTADO COMO POLITICA DE LA EMPRESA O POR COSTUBRE DE LA MISMA.
 
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maria_30
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10/Oct/05 13:04

TIENES RAZON MARI, SOLO SI ESTA ESTABLECIDO COMO POLITICA DE LA EMPRESA SUBCIDIAS Y PAGAS ESOS TRES PRIMEROS DIAS
 
ROSARIO COTO TEL. 57 26 56 00 EXT. 55 92 rcoto@kaltex.com.mx jimycoto@latinmail.com
 
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COTO
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10/Oct/05 13:32

Otra cosa que debes considerar o aclarar al trabajador es que si la incapacidad es por enfermedad general el IMSS se la paga al 60% de su salario diario integrado. Y lo mismo si el patron lo tiene establecido en politicas cubre el otro 40% si no pues el trabajador solo le pagaran su 60% por lo que dure la incapacidad
 
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maria_30
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