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04/Oct/05 13:30
RETENCION IVA EN ZONA FRONTERIZA?

HOLA QUE TAL PODRIA ALGUIEN DECIRME QUE PORCENTAJE DE IVA DEBE RETENER UNA PERSONA MORAL QUE PAGA RENTA A UNA PERSONA FISICA CON DOMICILIO fISCAL DE LA PERSONA FISICA EN ZONA FRONTERIZA, PERO ESTANDO LA PERSONA MORAL Y EL BIEN INMUEBLE EN GUANAJUATO?

ES EL 10% YA QUE EL BIEN INMUEBLE NO ESTA EN ZONA FRONTERIZA O EL 7% QUE ES EL QUE SE MANEJA EN ESA ZONA?
 
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marichiquita
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04/Oct/05 13:41

LA RETENCION ES DE 2/3 PARTES DE EL IVA CAUSADO.

ENTONCES ZONO FRONTERIZA 10% RETENCION DE 6.666%


SALUDOS
 
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carlos2005
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04/Oct/05 13:44
Re: RETENCION IVA EN ZONA FRONTERIZA?

PERDON CARLOS Y LA RETENCION DE ISR SI ES DEL 10%?
 
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marichiquita
Soldado

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04/Oct/05 13:47
Re: RETENCION IVA EN ZONA FRONTERIZA?

Estimada marichiquita:

La retencion en zona fronteriza del IVA por honorarios y arrendamiento es del 6.66% y del ISR por honorarios y arrendamiento es del 10%

Saludos
 
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Quirox
Cabo

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04/Oct/05 13:52

ASI ES LA RETENCION DE ISR ES DE 10% ESA NO CAMBIA.



SALUDOS
 
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carlos2005
Sargento Segundo

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04/Oct/05 13:55
Re: RETENCION IVA EN ZONA FRONTERIZA?

PERDON OTRA VEZ, PERO AUN Y CUANDO EL BIEN INMUEBLE NO ESTE EN LA ZONA FRONTERIZA SOLO EL DOMICILO FISCAL DE LA PERSONA FISICA SE LE APLICA LA TASA DE LA REGION FRONTERIZA?
 
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marichiquita
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04/Oct/05 14:04

Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

II. Sean personas morales que:

a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.

Artículo 2o.- [color=blue:ae11d5fff0]El impuesto se calculará aplicando la tasa del 10% a los valores que señala esta Ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realicen por residentes en la región fronteriza,[/color:ae11d5fff0] y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.
 
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carlos2005
Sargento Segundo

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04/Oct/05 15:17
Re: RETENCION IVA EN ZONA FRONTERIZA?

Artículo 2o.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 10% a los valores que señala esta Ley, cuando los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto,


Como la siguiente regla no se cumple entonces no aplica el % como region fronteriza..

:cry: Se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.
 
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RMZCONSULTORES
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04/Oct/05 16:30

buenas tardes...

debe de retenerle el iva, a las dos terceras partes de la tasa que corresponda...

saludos...
 
-Gracias doy al cielo por la merced que me hace, pues tan presto me pone ocasiones delante donde yo pueda cumplir con lo que debo a mi profesión, y donde pueda coger el fruto de mis buenos deseos. "Don Quijote de la Mancha".
 
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cpsergioguerrero
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04/Oct/05 17:16
Re: RETENCION IVA EN ZONA FRONTERIZA?

Yo opino lo mismo que RMZCONSULTORES. Para que puedas aplicar la retención en base a zona fronteriza (6.66%) se debe cumplir con la condicionante de que sean entre residentes en la citada región.

Es decir el domicilio de la PM--------Guanajuato y el de la PF------- zona fronteriza. No se cumple con la condicionante........

Por lo tanto debes aplicar la retención de IVA del 10%.

SALUDOS!!!!!!!
 
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pepebarreratorres
Cabo

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