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03/Oct/05 15:14
IMPAC

Que tal, como estan?

Me pasaron un cliente, pero en lo poco que he logrado ver parece (o estoy seguro) que tiene impuestos omitidos, por lo cual les paso los datos:

Persona Moral
Sus activos son: solo terrenos
No ha tenido ingresos durante toda su existencia (ejercicio 1995)
Asi mismo: solo cuento con la anual 2003 (el recibo pero no los y 2004
por lo que

El detalle es que para el ejercicio 2004 tiene perdida fiscal (por los prediales) asi como en los anteriores ejercicios (por no tener ingresos); asi las cosas el valor de los terrenos es bastante considerable, y el valor del activo rebasa los 18,000,000, por lo que el decreto no lo eximen de cumplir con el pago del IMPAC.

Contacte al anterior contador, y su respuesta fue: no tiene las anuales de los ejercicios 2002, 2001, etc etc, ya que le entregaron la cont de la empresa en el 2003 sin mas ni mas (asi me la da a mi tambien jejejeej), le comente o le cuestione que si estaba pagando ISR, me dijo no ya ue no hay ingresos, entonces le pregunte por el IMPAC y me dice "estamos exentos por decreto" y le dije NO ya que rebasa el tope o limite, me contesta "ha e que no tenemos ingresos" tomala dije yo apoco por no tener ingresos no pagas IMPAC??? que chulada......le dije NO aun asi esta obligado a pagar, y por ultimo (saco el ultimo as) "los del SAT no se dan cuenta"........mmmmmmmmmmmmm

Transcribo el decreto que hasta el 2004 se habia para tal efecto (que tiempos aquellos):
Se exime totalmente del pago del impuesto al activo que se cause durante el ejercicio fiscal de 2004, a los contribuyentes del citado impuesto cuyos ingresos totales en el ejercicio de 2003 no hubieran excedido de $14’700,000.00 (catorce millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) y [color=blue:8daaf1c08f]siempre que el valor de sus activos en el citado ejercicio de 2003, calculado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo, no haya excedido de la cantidad señalada en este artículo.[/color:8daaf1c08f]


Que opinan?????
 
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03/Oct/05 15:21
Re: IMPAC

[quote:c6067ab07e="BR1"]Que tal, como estan?

Me pasaron un cliente, pero en lo poco que he logrado ver parece (o estoy seguro) que tiene impuestos omitidos, por lo cual les paso los datos:

Persona Moral
Sus activos son: solo terrenos
No ha tenido ingresos durante toda su existencia (ejercicio 1995)
Asi mismo: solo cuento con la anual 2003 (el recibo pero no los y 2004
por lo que

El detalle es que para el ejercicio 2004 tiene perdida fiscal (por los prediales) asi como en los anteriores ejercicios (por no tener ingresos); asi las cosas el valor de los terrenos es bastante considerable, y el valor del activo rebasa los 18,000,000, por lo que el decreto no lo eximen de cumplir con el pago del IMPAC.

Contacte al anterior contador, y su respuesta fue: no tiene las anuales de los ejercicios 2002, 2001, etc etc, ya que le entregaron la cont de la empresa en el 2003 sin mas ni mas (asi me la da a mi tambien jejejeej), le comente o le cuestione que si estaba pagando ISR, me dijo no ya ue no hay ingresos, entonces le pregunte por el IMPAC y me dice "estamos exentos por decreto" y le dije NO ya que rebasa el tope o limite, me contesta "ha e que no tenemos ingresos" tomala dije yo apoco por no tener ingresos no pagas IMPAC??? que chulada......le dije NO aun asi esta obligado a pagar, y por ultimo (saco el ultimo as) "los del SAT no se dan cuenta"........mmmmmmmmmmmmm

Transcribo el decreto que hasta el 2004 se habia para tal efecto (que tiempos aquellos):
Se exime totalmente del pago del impuesto al activo que se cause durante el ejercicio fiscal de 2004, a los contribuyentes del citado impuesto cuyos ingresos totales en el ejercicio de 2003 no hubieran excedido de $14’700,000.00 (catorce millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) y [color=blue:c6067ab07e]siempre que el valor de sus activos en el citado ejercicio de 2003, calculado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo, no haya excedido de la cantidad señalada en este artículo.[/color:c6067ab07e]


Que opinan?????[/quote:c6067ab07e]
No es que este molesto, o que no quiera pagar, pero... creo si es algo elevado el costo, y como dicen, mas para los estudiantes, espero te conteste el administrador de fiscalia, digo... para ir valorando sus respuestas y ver si vale la pena pagar la anualidad, lo digo con TODO RESPETO FISCALIA :( :(
 
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03/Oct/05 16:05
Re: IMPAC

Los decretos que exentan al pago de IMPAC (1999,2000,2001,2002,2003 y 2004) ¿Tienen alguna diferencia entre sí?, espeficicamente en lo que se refiere a que se eximen en base al ingreso y al valor de los activos, ya que como no me toco ejercer desde hace tiempo igonoro si los antiguos decretos señalaban como hasta el 2004 ese detalle..ya que por ejempo:

Ejercicio Lim. Ingreso Publicacion
1996 7‘000,000.00 1º. de noviembre de 1995
1997 8’900,000.00 24 de diciembre de 1996
1998 10’000,000.00 29 de diciembre de 1997
1999 12’000,000.00 19 de marzo de 1999
2000 13’500,000.00 21 de febrero de 2000
2001 14’700,000.00 22 de marzo de 2001
2002 14’700,000.00 31 de mayo de 2002
2003 14’700,000.00 23 de abril de 2003
2004 14’700,000.00 5 de abril de 2004

Pero, un detalle en el decreto de 1999, señalaba lo siguinte:
DECRETO 1999[/b:f12f294daf]
Artículo Primero.- Se exime totalmente del pago del impuesto al activo que se cause durante el ejercicio fiscal de 2000, a los contribuyentes del citado impuesto, [b:f12f294daf]cuyos ingresos para efectos de la Ley del Impuesto sobre la Renta en el ejercicio de 1999, no hubieran excedido de $13'500,000.00 [/b:f12f294daf](trece millones quinientos mil pesos 00/100 M.N.).
Artículo Segundo.- La Secretaría de Hacienda y Crédito Público expedirá las disposiciones necesarias para la correcta y debida aplicación de la exención prevista en el presente Decreto.

En cambio [b:f12f294daf]DECRETO 2003[/b:f12f294daf]
Artículo Octavo. Se exime totalmente del pago del impuesto al activo que se cause durante el ejercicio fiscal de 2004, a los contribuyentes del citado impuesto [b:f12f294daf]cuyos ingresos totales en el ejercicio de 2003 no hubieran excedido de $14’700,000.00 (catorce millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) y siempre que el valor de sus activos en el citado ejercicio de 2003, calculado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo, no haya excedido de la cantidad señalada en este artículo.

El cambio (si se puede decir asi), entre la consideracion o no ademas de los ingresos anexar el valor de los activo fue apartir del decreto emitido en el ejercicio 2002.
 
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03/Oct/05 18:06
Re: IMPAC

:evil:
 
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BR1
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