03/Oct/05 11:32
Re: Arrendamiento de Patente de Vinos y Licores
[quote:01ea0fdf57="Gia"]Buenos Dias a Todos:
Reciban un cordial saludo y espero que hayan tenido un excelente fin de semana, les escribo porque tengo dudas para presentar declaracion anual de un caso de arrendamiento de persona fisica; esta p.f. da en arrendamiento una patente de vinos y licores que le concedio el Gob del Edo de Qroo, tiene en su contrato una vigencia de 3 años, mi duda es ¿como se considera a la patente? es un activo fijo? en ese caso estoy obligada a pagar el impuesto al activo? el art. 6 en su ultimo parrafo señala que si se esta obligado al pago del impto al activo.
Si alguien puede orientarme y resolver mis dudas se lo agradecere infinitamente. Gracias.[/quote:01ea0fdf57]
SE ME HACE QUE ESTAS ENCUADRANDO MAL EL CONCEPTO DE "ARRENDAMIENTO"
OBSERVA.............
CAPÍTULO III
DE LOS INGRESOS POR ARRENDAMIENTO Y EN GENERAL
POR OTORGAR EL USO O GOCE TEMPORAL DE [color=red:01ea0fdf57]BIENES INMUEBLES[/b:01ea0fdf57][/color:01ea0fdf57]
Artículo 141. Se consideran ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, los siguientes:
I. Los provenientes del arrendamiento o subarrendamiento y en general por otorgar a título oneroso el uso o goce temporal de [color=red:01ea0fdf57][b:01ea0fdf57]bienes inmuebles[/b:01ea0fdf57][/color:01ea0fdf57], en cualquier otra forma.
II. [color=red:01ea0fdf57][b:01ea0fdf57]Los rendimientos de certificados de participación inmobiliaria no amortizables.[/b:01ea0fdf57][/color:01ea0fdf57]
Y LA "PATENTE" O PERMISO, A MI VER NO ENCUADRA EN ESE ARTICULO
MEJOR ANALIZA ESTO Y "DALE POR AHI"
[color=red:01ea0fdf57][b:01ea0fdf57]CAPÍTULO IX
DE LOS DEMÁS INGRESOS
QUE OBTENGAN LAS PERSONAS FÍSICAS[/b:01ea0fdf57][/color:01ea0fdf57]
[color=blue:01ea0fdf57][b:01ea0fdf57]Artículo 166. (Re) Las personas físicas que obtengan ingresos distintos de los señalados en los capítulos anteriores, los considerarán percibidos en el monto en que al momento de obtenerlos incrementen su patrimonio, salvo en los casos de los ingresos a que se refieren los artículos 168, fracción IV y 213 de esta Ley, caso en el que se considerarán percibidos en el ejercicio fiscal en el que las personas morales, entidades, fideicomisos, asociaciones en participación, fondos de inversión o cualquier otra figura jurídica, cuyos ingresos estén sujetos a regímenes fiscales preferentes, los acumularían si estuvieran sujetas al Título II de esta Ley.[/b:01ea0fdf57][/color:01ea0fdf57]
[color=red:01ea0fdf57][b:01ea0fdf57]Artículo 167. Se entiende que, entre otros, son ingresos en los términos de este Capítulo los siguientes[/b:01ea0fdf57][/color:01ea0fdf57]:
I. El importe de las deudas perdonadas por el acreedor o pagadas por otra persona.
II. La ganancia cambiaria y los intereses provenientes de créditos distintos a los señalados en el Capítulo VI del Título IV de esta Ley.
III. Las prestaciones que se obtengan con motivo del otorgamiento de fianzas o avales, cuando no se presten por instituciones legalmente autorizadas.
IV. Los procedentes de toda clase de inversiones hechas en sociedades residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, cuando no se trate de los dividendos o utilidades a que se refiere la fracción V de este artículo.
V. Los dividendos o utilidades distribuidos por sociedades residentes en el extranjero. En el caso de reducción de capital o de liquidación de sociedades residentes en el extranjero, el ingreso se determinará restando al monto del reembolso por acción, el costo comprobado de adquisición de la acción actualizado por el periodo comprendido desde el mes de la adquisición y hasta aquél en el que se pague el reembolso. En estos casos será aplicable en lo conducente el artículo 6o. de esta Ley.
[size=18:01ea0fdf57][color=blue:01ea0fdf57][b:01ea0fdf57]VI. Los derivados de actos o contratos por medio de los cuales, sin transmitir los derechos respectivos, se permita la explotación de concesiones, permisos, autorizaciones o contratos otorgados por la Federación, las Entidades Federativas y los Municipios, o los derechos amparados por las solicitudes en trámite.[/color:01ea0fdf57][/size:01ea0fdf57]
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SALUDOS
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO'
'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA'
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'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO
SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'