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02/Oct/05 16:03
iva compra de camioneta

buenas tardes a todos...........

mi pregunta es la siguiente: yo compro una camioneta de la cual doy un anticipo, esta es por financiamiento y pagare mensualmente determinada aportacion ...... a lo cual la cuestion es si por cada abono o mensualidad debo desglosar el iva respectivo, tomando en cuenta que NO expiden recibo por cada abono puesto se paga en base a la tabla de amortizacion de pagos efectuada desde el contrato.....o bien a creditarlo hasta el termino del mismo...........que es lo correcto al respecto? gracias
 
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ross
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02/Oct/05 16:24
Re: iva compra de camioneta

Buena tarde:

Este es un tema ya tratado anteriormente, me permito exponer lo siguiente:

Cuando se adquiere una unidad automotriz con financiamiento de una institución de crédito (sofol, banco ), normalmente surge la duda en relación con el manejo del IVA causado en la operación, en este caso se considera como una operación de contado, ya que el adquirente (cliente) aporta una parte (enganche) y la institución de crédito, aporta el complemento del valor de la unidad vía financiamiento y es quien realiza el pago de la unidad directamente.

En este caso el IVA es acreditable en su totalidad, ya que el interés del acreedor fue satisfecho al momento de su pago, quedando únicamente al adquirente la obligación contraída con la institución de crédito por el financiamiento contratado.

En este caso la agencia está considerando efectivamente cobrada su contraprestación y el adquirente la considera efectivamente pagada.

Ya que el art. 1-B LIVA en su primer párrafo establece: “que se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones....cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de obligaciones que den lugar a las contraprestaciones”.

Por su parte el art. 11 LIVA establece “se considera que la enajenación de los bienes en el momento en que efectivamente se cobren las contraprestaciones y sobre el monto de cada una de ellas”.

Cuando hay financiamiento otorgado por la Agencia es importante conocer la fuente de dicho financiamiento, procediendo analizar la documentación relacionada con la operación (contrato y pagaré), ya que normalmente dicho financiamiento es otorgado por una Sofol (Credi Nissan, GMAC, Ford Credit etc.) ligada a la armadora y sin tener esta certeza, se da por hecho que el financiamiento fue otorgado por la distribuidora de autos, y por este supuesto se lleva el acreditamiento del IVA en partes, cuando el procedimiento a seguir es acreditar la totalidad del IVA de acuerdo con antes expuesto.
 

 
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a_cano
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02/Oct/05 17:08

LA COMPRA SE EFECTUO A "X" S. A. DE C. V Y EL CREDITO LO EFECTUO "GMAC", POR LO TANTO DEBO ACREDITAR EL 100% AL INICIAR EL CONTRATO O AL TERMINO DEL MISMO,
 
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ross
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02/Oct/05 17:17
Re: iva compra de camioneta

Buena:

El IVA es acreditable en su totalidad, ya que el interés del acreedor fue satisfecho al momento de su pago, quedando únicamente al adquirente la obligación contraída con la institución de crédito por el financiamiento contratado. ¿[color=red:f57156038b]Este momento es al inicio?[/color:f57156038b].
 

 
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a_cano
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02/Oct/05 18:37

PARA AMPLIAR ESTO EL CONTRATO SE HACE EN AGOSTO DEL PRESENTE LO ACREDITARE DESDE MI ENGANCHE O POR CADA ABONO HASTA TERMINARLO
 
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ross
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