Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
30/Sep/05 14:04
SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

BUENAS TARDES.
QUISIERA SABER SI ESTOY INTERPRETANDO BIEN EL ART. 22 DEL CFF.
SEGUN EL ARTICULO LA AUTORIDAD TIENE 20 DIAS PARA SOLICITAR (EN CASO DE QUE ASI SEA) DOCUMENTACION ADICIONAL A LA PRESENTADA EN LA SOLICITUD ORIGINAL... MI PREGUNTA ES.... SI LA FECHA DE SOLICITUD DE DEVOLUCION FUE PRESENTADA ANTE LA AUTORIDAD EL 26 DE AGOSTO.... SEGUN MIS CALCULOS SI HUBIESEN REQUERIDO ALGO ADICIONAL, YA VENCIO EL PLAZO PARA SOLICITARLA.... ES CORRECTO ESTO??
 
Perfil

parcer
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:15
SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

[color=darkblue:cb3a4c1f9b][/color:cb3a4c1f9b] Buenas tardes, para solicitar informacion adicional a la solicitud, si ya vencio el plazo, pero esto no quiere decir que tu solicitud ya este autorizada, tienes que esperar el plazo para la devolucion y no es rato que unos dias antes del vencimiento te devuelvan la documentacion completa con cualquier excusa y le den palo, espero hayas cumplido con todos los requisitos que adicionalmente que tienes que cumplir y suerte con tu tramite


C.P. O DE LOZA :wink:
 
Cualquiera puede disculpar, pero perdonar solo es de almas grandes
 
Perfil

ODELOZA
Cabo

Mensajes: 47
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:16
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

Artículo 22.- Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales. En el caso de contribuciones que se hubieran retenido, la devolución se efectuará a los contribuyentes a quienes se les hubiera retenido la contribución de que se trate. Tratándose de los impuestos indirectos, la devolución por pago de lo indebido se efectuará a las personas que hubieran pagado el impuesto trasladado a quien lo causó, siempre que no lo hayan acreditado; por lo tanto, quien trasladó el impuesto, ya sea en forma expresa y por separado o incluido en el precio, no tendrá derecho a solicitar su devolución. Tratándose de los impuestos indirectos pagados en la importación, procederá la devolución al contribuyente siempre y cuando la cantidad pagada no se hubiere acreditado.

Lo dispuesto en el párrafo anterior, se aplicará sin perjuicio del acreditamiento de los impuestos indirectos a que tengan derecho los contribuyentes, de conformidad con lo dispuesto en las leyes que los establezcan.

Cuando la contribución se calcule por ejercicios, únicamente se podrá solicitar la devolución del saldo a favor cuando se haya presentado la declaración del ejercicio, salvo que se trate del cumplimiento de una resolución o sentencia firmes, de autoridad competente, en cuyo caso, podrá solicitarse la devolución independientemente de la presentación de la declaración.

Si el pago de lo indebido se hubiera efectuado en cumplimiento de acto de autoridad, el derecho a la devolución en los términos de este artículo, nace cuando dicho acto se anule. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a la determinación de diferencias por errores aritméticos, las que darán lugar a la devolución siempre que no haya prescrito la obligación en los términos del antepenúltimo párrafo de este artículo.

[color=red:a2d6c5eed7]Cuando se solicite la devolución, ésta deberá efectuarse dentro del plazo de [size=18:a2d6c5eed7]cuarenta días siguientes[/size:a2d6c5eed7] a la fecha en que se presentó la solicitud ante la autoridad fiscal competente con todos los datos, incluyendo para el caso de depósito en cuenta, los datos de la institución financiera y el número de cuenta para transferencias electrónicas del contribuyente en dicha institución financiera debidamente integrado de conformidad con las disposiciones del Banco de México, así como los demás informes y [/color:a2d6c5eed7]documentos que señale el Reglamento de este Código; [size=24:a2d6c5eed7]tratándose de contribuyentes que dictaminen [/size:a2d6c5eed7]sus estados financieros por contador público autorizado en los términos del artículo 32-A de este Código, el plazo para que las autoridades fiscales efectúen la devolución [size=18:a2d6c5eed7]será de veinticinco días[/size:a2d6c5eed7]. Las autoridades fiscales, [size=24:a2d6c5eed7]para verificar [/size:a2d6c5eed7]la procedencia de la devolución, podrán requerir al contribuyente, en un [size=18:a2d6c5eed7]plazo no mayor de veinte días posteriores [/size:a2d6c5eed7]a la presentación de la solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con la misma. Para tal efecto, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado, apercibido que de no hacerlo dentro de dicho plazo, se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución correspondiente. Las autoridades fiscales sólo podrán efectuar un nuevo requerimiento, dentro de los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento. Para el cumplimiento del segundo requerimiento, el contribuyente contará con un plazo de diez días y le será aplicable el apercibimiento a que se refiere este párrafo. Cuando la autoridad requiera al contribuyente los datos, informes o documentos, antes señalados, el período transcurrido entre la fecha en que se hubiera notificado el requerimiento de los mismos y la fecha en que éstos sean proporcionados en su totalidad por el contribuyente, no se computará en la determinación de los plazos para la devolución antes mencionados.


en mi opinion son 40 dias segun el art. 22 cff, a menos que seas dictaminado, en ese caso tendras 25 dias....saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:35
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

ya me confundi... si pasan los 40 dias (que es este el caso) todavia tiene la Secretaria tiempo para requerir informaciòn en cualquier momento?? sè qu son 40 dias para que devuelvan el dinero, pero mi pregunta era si son 20 dias (segun el còdigo) para solicitar informaciòn adicional.....
perdòn pero no estoy muy segura de lo que me comentan.
mil gracias...
 
Perfil

parcer
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:39
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

serà que si ya vencio el plazo o unos dias antes de que venza, te dicen que fue rechazada por x motivo.... y de ahi se agarran verdad???? lo que si es que, para pedirnos papeles adicionales supuestamente tendrian 20 dias posteriores a la fecha de solicitud..... pero eso no querria decir que si ya se vencio el plazo... lo vayan de devolver porque si antes de los 40 dias llega un rechazo, no una solicitud de documentos, ahi se tendrìa que ir a preguntar el motivo del rechazo... es asi??? perdon mi insistencia...
saludos a todos.
 
Perfil

parcer
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:41
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

Puedes verificar el estatus de la solicitud en la pagina del SAT y sales de dudas ahi.
 
Perfil

BR1
Coronel

Mensajes: 3308
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:43
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

ya lo hice, (verificar el estatus) y dice solamente EN REVISION.....
ESPERO COMENTARIOS... GRACIAS.
 
Perfil

parcer
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:45
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

[color=red:757372a5c6]Las autoridades fiscales, para verificar la procedencia de la devolución, [/color:757372a5c6]p[color=blue:757372a5c6]odrán [/color:757372a5c6]requerir al contribuyente, en un [color=red:757372a5c6]plazo no mayor de veinte días posteriores [/color:757372a5c6][size=24:757372a5c6]a la [/size:757372a5c6]presentación de la solicitud de devolución, los datos, informes o documentos adicionales que considere necesarios y que estén relacionados con la misma. Para tal efecto, las autoridades fiscales requerirán al promovente a fin de que en un plazo máximo de veinte días cumpla con lo solicitado, apercibido que de no hacerlo dentro de dicho plazo, se le tendrá por desistido de la solicitud de devolución correspondiente. Las autoridades fiscales[color=red:757372a5c6] sólo [/color:757372a5c6]podrán efectuar un nuevo requerimiento, dentro de los diez días siguientes a la fecha en la que se haya cumplido el primer requerimiento, cuando se refiera a datos, informes o documentos que hayan sido aportados por el contribuyente al atender dicho requerimiento. Para el cumplimiento del segundo requerimiento, el contribuyente contará con un plazo de diez días y le será aplicable el apercibimiento a que se refiere este párrafo. [size=18:757372a5c6]Cuando la autoridad requiera al contribuyente los datos[/size:757372a5c6], informes o documentos, antes señalados, el período transcurrido entre la fecha en que se hubiera notificado el requerimiento de los mismos y la fecha en que éstos sean proporcionados en su totalidad por el contribuyente, [size=24:757372a5c6]no se computará en la determinación de los plazos para la devolución antes mencionados. [/size:757372a5c6]


espero no haberte confundido mas...saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:53
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

MAS O MENOS.........
 
Perfil

parcer
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Sep/05 14:56
Re: SOLICITUD DE DEVOLUCION DE I.VA. , PLAZO????

ENTONCES TENDRÌAN LOS MISMOS 40 DIAS QUE SE DAN EN EL PLAZO PARA QUE TE DEVUELVAN???
ESTA CONFUSO.... PERDON MI INSISTENCIA...
 
Perfil

parcer
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2