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29/Sep/05 9:50
SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

Hola que tal buenos dias a todos, tengo una duda espero me pudiesen ayudar;

Si un Trabajador firma un cotrato por 3 meses (tiempo de prueba), pero despues de que termina sigue trabajando, el patron no le ha querido dar contrato por tiempo indeterminado y ya lleva un mes trabajando y el sigue en el imss y le siguen dando todas la prestaciones ademas de su recibo de nomina, el dia que lo despidan por falta de presupuesto tendra derecho a indemnizacion (3 meses de sueldo, etc. etc), ojala me pudieran ayudar.

Saludos¡¡
 
ATTE.JOSE ARTURO CEL. 04455-11-20-16-12
 
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josearturo
Soldado

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29/Sep/05 9:55

Si se indemniza, porque la relación laboral continuo.
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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29/Sep/05 10:02
Re: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

Los contratos de prueba no existen, relaciones de trabajo por tiempo determinado existen sólo en los casos del Art 37 LFT, así que esta relación se entiende de manera tácita que es por tiempo indeterminado, además un contrato no determina la existencia de una relación laboral, por lo que tiene los mismos derechos por ser trabajador.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
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29/Sep/05 10:06
Re: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

oK, O SEA QUE DEBO ENTENDER QUE SI EL PATRON SOLO LE DA LA PARTE PROPORCIONAL AL TRABAJADOR DEL AGUINAL, P. VAC. ETC, Y NO LE DA LOS 3 MESES DE SUELDO COMO ES EN EL CASO DE DESPIDO POR CAUSA INJUSTIFICADA EL TENDRIA QUE ACUDIR A LA SECRETARIA DE TRABAJO, ESTO ES ASI? AUNQUE YA NO TENGA CONTRATO?

Gracias¡¡
 
ATTE.JOSE ARTURO CEL. 04455-11-20-16-12
 
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josearturo
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29/Sep/05 10:16
Re: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

[quote:2430bb6978="josearturo"]oK, O SEA QUE DEBO ENTENDER QUE SI EL PATRON SOLO LE DA LA PARTE PROPORCIONAL AL TRABAJADOR DEL AGUINAL, P. VAC. ETC, Y NO LE DA LOS 3 MESES DE SUELDO COMO ES EN EL CASO DE DESPIDO POR CAUSA INJUSTIFICADA EL TENDRIA QUE ACUDIR A LA SECRETARIA DE TRABAJO, ESTO ES ASI? AUNQUE YA NO TENGA CONTRATO?

Gracias¡¡[/quote:2430bb6978]

Existiría una presunción de que se establecio una relación laboral por tiempo indefinido, toda vez que el trabajador siguio desempeñando sus labores una vez terminado el contrato (Que como ya se comento los de prueba no existen en la legislación laboral) con el fundamento que tiene edgar.

Por lo que legalmente a dicho trabajador le corresponde una indemnización tal y como lo establece el Art. 50 de la LFT, y en el supuesto de que el Patrón no quiera pagarlo, el trabajador tendría que acudir a la Sria del Trabajo para que este lo turne a un Abogado Laborista de Oficio y demande la indeminización ante la JLCYA.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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29/Sep/05 10:27
Re: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

MUCHISIMAS GRACIAS¡¡¡

QUETENGAN UN BUEN DIA¡¡
 
ATTE.JOSE ARTURO CEL. 04455-11-20-16-12
 
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josearturo
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29/Sep/05 11:04
Re: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

Hola ,en mi opinion estoy de acuerdo en que los contratos temporales no existen, por lo que este trabajador adquiere derechos como un trabajador normal, lo que estaría en duda es el derecho a recibir una indemnizacion entendiendo que la indemnizacion es 90 dias por año trabajado, a lo que creo que para poder tener derecho se tendría que haber cumplido el año , sin embargo entiendo que a los seis meses ya adquiere el derecho de 1 año, no recuerdo el fundamento , espero ésto pueda ayudarte en algo.-
 
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deivet
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29/Sep/05 11:53
Re: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

Hola Deivet, sin afan de molestar, hay que distinguir entre la Ley del Impuesto Sobre la Renta y la materia laboral para efectos de la indemnizacion, como tu bien lo comentas son 90 dias de salario minimo del area geografica del contribuyente por cada año de servicios, pero esto es a lo que se tiene derecho de exencion de los pagos recibidos por indemnizaciones o pagos por separacion, es decir de lo que tu recibies como indemnizacion quedara exenta la cantidad anteriormente mencionada, no es la indemnizacion que el patron debe pagar al trabajador, sino la exencion a que tiene derecho la persona fisica que obtiene esos ingresos, y efectivamente para efectos de renta toda fraccion de mas de seis meses se considera año completo pero para efectos de la exencion no para el pago de la indemnizacion. Espero haberme dado a entender.

Estimado Jose, como bien te lo comentan los contratos a prueba no existen, los contratos por tiempo determinados estan en funcion de la naturaleza del trabajo, por lo que cuando lo despidas de forma injustificada tendras que indemnizarlo, con:

1 Partes proporcionales de Aguinaldo, VAcaciones, y Prima VAcacional
2 Indemnizacion de tres meses de salario
3 Prima de Antiguedad proporcional, ya que es despido injustificado.

Recuerda que la causa de no contar con contrato es imputable al patron, es decir es culpa del patron no del trabajador, al carecer de contratos, le dejas la puerta abierta al trabajador para que en cualquier demanda pueda alegar a su favor lo que el quiera.

Fundamentos Art 26, 37, 50 y 162 de la LFT

Espero te sean de utilidad mis comentarios
 
C.P. EFRAIN SALVADOR M.
 
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chavefra
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29/Sep/05 14:56

deivet dijo que los contratos temporales no existen, pero conforme a la Ley Federal del Trabajo si existen, los que no existen son los contratos a prueba, y estos contratos estaban contemplados en la Ley federal de Trabajo de 1930 y a partir de la "nueva" lft, que es de 1970, YA NO EXISTEN LOS CONTRATOS A PRUEBA.
 
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ixhidalgo
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29/Sep/05 16:30
Re: SE INDEMNIZA SI NO HAY CONTRATO?

MIRA EFECTIVAMENTE COMO LO COMENTA CHAVEFRA, LOS CONTRATOS DE PRUEBA NO EXISTEN, Y SI SE SIGUE DANDO LA RELACION LABORAR
DESPUES DEL CONTRATO DE PRUEBA EL TRABAJADOR CONSERVA SUS DERECHOS LABORALES Y SI LO DESPIDES TENDRAS QUE LIQUIDARLO CONFORME A LEY YA QUE SE CONSIDERA UN DESPIDO INJUSTIFICADO.
 
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beyotapoderosa
Sargento Segundo

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