28/Sep/05 17:12
Re: Fundamento
Que tal:
El fundamento es el articulo 12 de la LSS, digo no te dice claramente que los accionistas y los RL´s no son sujetos de aseguramiento, pero la interpretacion que se le da comunmente es la siguiente:
El art 12 menciona quienes son sujetos de aseguramiento:
i.- Trabajadores
ii:- Socios de Sociedades cooperativas
iii.- Las personas que determine el Ejecutivo Federal.
Para encuadrar la pregunta desecharemos las dos ultimas, ya que en mi opinon no estas en esa situacion, y para definir trabajador, es aquel que se encuentra bajo las ordenes de un patron (subordinacion), por lo que el Representante Legal, en caso de ser el Adminstrador unico, no recibe ordenes de ninguna persona (patrón) por lo que no es sujeto de aseguramiento, lo mismo el Accionista, no esta bajo las ordenes de un patrón ya que el mismo es el patron, por lo que no puede estar subordinado asi mismo, por lo que al no existir subordinacion no es sujeto de aseguramiento, recuerda que es necesario que exista la relacion de trabajo entre patron y trabajador para que sea sujeto de aseguramiento.
Bien espero te sean de utilidad mis comentarios
C.P. EFRAIN SALVADOR M.