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21/Sep/05 11:58
MAS DE CONTRATOS, JEJEJEJEJE

me pueden decir por favor en donde encuentran el fundamento legal para hacer deducible los gastos posteriores de ese vehiculo?

porque yo tenia un cliente que al igual, su esposa le hizo un contrato de comodato a su esposo para que lo usara en el negocio de su esposo, pero la autoridad nos señalo que aunque el contrato de comodato es legal, esto es solo para consecuencias legales mas no fiscales, por lo tanto no se tiene derecho a las deducciones ocasionadas por el uso del vehiculo, es decir no basto el contrato de comodato para hacer deducible sus gastos.

en uno de los topicos lobozac dio esta idea de comodato, yo la aplique pero en mi estado no dio resultado, jeejejejejej,
sera siempre confiable este contrato?
 
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juliocfv84
Cabo

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21/Sep/05 12:02

p.d. no lo digo porque lobozac este mal, simplemente es porque las autoridades no sostienen un mismo criterio para toda la republica, solo hacen lo que dios les da a entender

mis respetos para ti lobozac eres muy bueno en lo fiscal
 
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juliocfv84
Cabo

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21/Sep/05 12:17

por ahi en algun topico di mi punto de vista....entonces veamos que si el contrato de comodato tiene validez legal, pues eso es lo que se busca.

.......................
porque para hacer deducible un gasto se debe estar a los art 29, 31 y 32 de ISR principalmente, de ahi que dichos articulos no mencionan que un consumo de combustible SOLO PODRA SER DEDUCIBLE SI EL AUTOMOVIL ES PROPIO, entonces si por el contrario si menciona que deben ser EXTRICTAMENTE INDISPENSABLES PARA LOS FINES DEL CONTRIBUYENTE, por mi parte no cabe duda en poder hacer deducible el gasto, siempre y cuando se cumplan los demas requisitos de ley.
.......................
saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
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LEALQUIQUE
Capitán Primero

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21/Sep/05 12:23
Re: MAS DE CONTRATOS, JEJEJEJEJE

[quote:ac402eb625="juliocfv84"]me pueden decir por favor en donde encuentran el fundamento legal para hacer deducible los gastos posteriores de ese vehiculo?

porque yo tenia un cliente que al igual, su esposa le hizo un contrato de comodato a su esposo para que lo usara en el negocio de su esposo, pero [color=red:ac402eb625]la autoridad nos señalo [/b:ac402eb625][/color:ac402eb625]que aunque el contrato de comodato es legal, esto es solo para consecuencias legales mas no fiscales, por lo tanto no se tiene derecho a las deducciones ocasionadas por el uso del vehiculo, es decir no basto el contrato de comodato para hacer deducible sus gastos.

en uno de los topicos lobozac dio esta idea de comodato, yo la aplique pero en mi estado no dio resultado, jeejejejejej,
sera siempre confiable este contrato?[/quote:ac402eb625]


[color=red:ac402eb625][b:ac402eb625]EN QUE SE FUNDAMENTA LA AUTORIDAD [/color:ac402eb625]?:::::::::::dame el fundamento y te doy el del comodato

EN UN MONTON DE VECES DEJAMOS QUE LA AUTORIDAD CON LA MANO EN LA CINTURA DIGA" SABES QUE, ? ESTO NO ES VALIDO..............Y NOSOTROS COMO BORREGUITOS AGACHAMOS LA CABEZA Y DECIMOS........BUENO , ESTA BIEN "SEÑOR AUTORIDA"............."LO QUE SU MERCE MANDE"

GRACIAS POR TUS PALABRAS, PERO DIARIO APRENDO DE TODOS USTEDES
 
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lobozac
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21/Sep/05 12:25

De acuerdo con Lealquique.

Probablemente si en el contrato no se menciono que los gastos correrian a cta de la persona que utilizaria el bien, entonces pudiera ser que por eso no te aceptaron la deduccion.

Por tal motivo es recomendable que cualquier planeacion que se elabore, este plenamente fundamentada y con el respaldo de contratos bien redactados.

Saludos!
 
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emmalu
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21/Sep/05 13:36

lobozac no lo tomes a mal
y si tienes toda dla razon con respecto a la autoridad, dejamos que siempre ellos definan lo que es bueno y lo que es malo, pero no toman en cuanta que es indispensable para el desarrollo de la actividad.

gracias
 
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juliocfv84
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21/Sep/05 13:50
Re: MAS DE CONTRATOS, JEJEJEJEJE

Mediante el endoso se adjudica la propiedad y con este los gastos de mantenimiento seguros y gasolina son deducibles, ya que el auto es tuyo demuestras la propiedad mediante el endoso.

El comodato con ese el automovil no es tuyo sin embargo se esta utilizando para las actividades de la empresa, y los gastos seguros y demás son deducibles.
:evil:
 
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edgarivanp
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