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21/Sep/05 11:09
honorarios pagos provisionales ISR

hola estoy un poco confundido con un dilema que me pusieron algunos compañeros de trabajo y es el siguiente:

especificamente en honorarios respecto a ISR una persona puede declarar hasta la anual ISR y no hacerlo durante los meses del año

si esta persona que tributa en el regimen de actividad profesional puede hacer esto que les comento cual seria el fundamento legal para poder decir que no puede ir haciendo pagos provisionales y solo lo puede pagar o declarar el impuesto hasta la anual....

gracias por sus comentarios....
 
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richard_2005
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21/Sep/05 11:24

ES BAJO EL RIESGO DEL CONTRIBUYENTE SI SE ESPERA HASTA LA ANUAL.
YO NO RECOMIENDO ESPERAR HASTA LA ANUAL YA QUE SI LO PODRIAS HACER PRESENTANDO PROVISIONALES EN CEROS (NO RECOMENDABLE) O CON CANTIDAD MINIMA PERO CON EL RIESGO DE QUE LA AUTORIDAD TE REVISE Y TE DETECTE QUE NO HAS ESTADO DECLARANDO TUS IMPUESTOS CORRECTAMENTE (MULTA)

PODRIAS NO PRESENTAR TUS DECLARACIONES PROVISIONALES PERO.... LA AUTORIDAD TIENE LA FACULTAD DE SOLICITARTE TUS PAGOS PROVISIONALES SI DETECTA QUE NO LOS HAS PRESENTADO... CON ESTO TE HARIAS ACREEDOR A DOS MULTAS... UNA POR NO PRESENTAR TUS PAGOS... Y LA OTRA POR PRESENTARLOS A SOLICITUD DE LA AUTORIDAD.. INDEPENDIENTEMENTE DE QUE REVISE TUS INGRESOS Y TE HAGA DECLARAR CORRECTAMENTE TU IMPUESTO CON ACTUALIZACIONES Y RECARGOS

NO TE ARIESGUES A NO PRESENTAR TUS PROVISIONALES...
 
SALUDOS!!! ccordero2005@hotmail.com
 
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corlando
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21/Sep/05 11:28

que yo sepa si estan obligados a presentar sus pagos provisionales, solo los agapes pueden obtar por su declaracion anual, ademas imaginate si en la declaracion anul le sale saldo a cargo, y este sea una cantidad considerable, tu crees que el contribuyente quiera pagar todo de un solo golpe.
con mi experiencia los contribuyentes en ocasiones no quieren ni pagar el pago provisional, mucho menos si acumulo todos sus pagos en la anual
 
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juliocfv84
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21/Sep/05 11:49
Re: honorarios pagos provisionales ISR

OK. MUCHAS GRACIAS LO MISMO OPINABA YO PERO INSISTIAN EN LO CONTRARIO PERO AHORA SI YA ME QUEDO CLARO OK...

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS...........
 
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richard_2005
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21/Sep/05 11:52
Re: honorarios pagos provisionales ISR

[color=red:7209c0dca5]Artículo 127. Los contribuyentes a que se refiere esta Sección, efectuarán pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto del ejercicio, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior a aquél al que corresponda [/color:7209c0dca5]el pago, mediante declaración que presentarán [color=red:7209c0dca5]ante las oficinas autorizadas. [/color:7209c0dca5]El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos a que se refiere esta Sección obtenidos en el periodo comprendido desde el inicio del ejercicio y hasta el último día del mes al que corresponde el pago, las deducciones autorizadas en esta Sección correspondientes al mismo periodo y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como la exclusión general de $6,333.33 por cada uno de los meses a los que corresponda dicho periodo y, en su caso, las pérdidas fiscales ocurridas en ejercicios anteriores que no se hubieran disminuido. En ningún caso la exclusión general excederá de la cantidad que resulte de disminuir a los ingresos obtenidos las deducciones autorizadas a que se refiere este párrafo.
Párrafo reformado DOF 01-12-2004

en mi opinion debes presentar pagos provisionales, puesto que si solo presentas la anual y te sale un impuesto a cargo muy alto, pues la verdad sale contraproducente...sale mas caro el caldo que las albondigas....
 
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CPhugoocejo
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21/Sep/05 15:11

Ademas de estar de acuerdo con Hugo.

Tienes obligación de presentar pagos provisionales, si los presentas en ceros para declarar todo en la anual, estarias indebidamente diferiendo el impuesto, es decir estarias pagando el impuesto hasta la anual si enterar los accesorios que corresponderian por no hacer el entero como deberia en el pago provsional correspondiente.

Quienes opinan lo que comentas, se basan en que el impuesto es anual y no mensual, y por eso lo enteran hasta el final, pero aguas, hay multas por presentar con importes incorrectos las declartaciones, llamese provisional, anual o retenciones.

Saludos.
 
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cesar_lc
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21/Sep/05 15:15

y ademas se puede tipificar como omision de ingresos, o porque concepto le pondrias que lo presentas en ceros
 
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magm57
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21/Sep/05 18:55
Re: honorarios pagos provisionales ISR

COMO YA TE MENCIONARON LOS FORISTAS ANTERIORES, LO QUE TE comentaron en tu trabajo esta basado en que el ISR se causa anual, pero el legislador propuso que se hicieran PP a cuenta del impto. anual, pues al final la mayoria no quiere o no tiene poara pagar el impto anual además de que es más pesado de golpe que en partes, la misma filosofia aplicaron para hacer la retención de ISR e IVA.

Ahora mi opinión no es si quieren o no hacer los PP, deberán efectuar PP ya que la reglamentación asi lo establece. Saludos :evil:
 
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edgarivanp
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