20/Sep/05 22:40
Re: Es deducible?
BUENO SI ES PERSONA FISICA TIENES QUE VER TAMBIEN EL REGLAMENTO LISR
ARTÍCULO 159. Para los efectos del artículo 125, fracción I, segundo párrafo de la Ley, se podrá efectuar la deducción de las erogaciones efectuadas con cheque, aun cuando hayan transcurrido más de cuatro meses [/b:406002e37b]entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria que se haya expedido y la fecha en la que efectivamente se cobre dicho cheque, siempre que ambas fechas correspondan al mismo ejercicio.
Cuando el cheque se cobre en el ejercicio inmediato siguiente a aquel al que corresponda la documentación comprobatoria que se haya expedido, los contribuyentes podrán efectuar la deducción en el ejercicio en el que éste se cobre, siempre que entre la fecha consignada en la documentación comprobatoria y la fecha en la que efectivamente se cobre el cheque no hayan transcurrido más de cuatro meses.
Eso es si eres PF...... ahora si eres PM
Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
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IX. [b:406002e37b]Tratándose de pagos [/b:406002e37b] que a su vez sean ingresos de contribuyentes personas físicas, ................., éstos sólo se deduzcan cuando hayan sido efectivamente erogados en el ejercicio de que se trate.
y tambien viene lo de los 4 meses pero el 39 RLISR es igual que el 159 del RLISR.
Pero vamonos al Fondo..... el articulo 31 da los requisitos de las DEDUCCIONES.... no de los PAGOS.... ...
Ahora bien a mi PM que chiflados me interesa que me regulen los PAGOS si para mi PM los PAGOS [b:406002e37b]no son deducciones ....
Te lo dejo de Tarea.
Saludos