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17/Sep/05 14:31
Depreciaciòn de Maquinaria Armada?

Hola Buenas Tardes:

Mi pregunta es en relación al tratamiento de depreciación de una maquinaria ensamblada?

Es decir se fueron comprando las piezas poco a poco para al final armar la maquinaria.
Puedo depreciarla ?
Que tomaria como MOI?
La fecha en que finalmente se armo tomaria en cuenta o a partir de la compra de la 1a pieza.
Y como o que que me respaldo para demostrale a la autoridad su procedencia.
Donde encuentro algo para esta situcion, fundamentaciòn en ley, en base a principios de contabilidad?
Si me pueden ayudar se los agradeceria mucho.
:!: :?: :?: :?:
 
atalik
 
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atalik
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17/Sep/05 16:33
Re: Depreciaciòn de Maquinaria Armada?

Buena tarde:

El Boletín C-6 Inmuebles, Maquinaria y Equipo, da la pauta:

El numeral 4 dice: De acuerdo con con principios de contabilidad, las inversiones en inmuebles, maquinaria y equipo deberán valuarse al costo de adquisición, [color=red:ee2402aff5]al de contrucción o[/color:ee2402aff5], en su caso, a su valor equivalente.

Por su parte del numeral 7 reza: El Costo de contrucción incluye los costos directos e indierectos incurridos en la misma, tales como materiales, mano de obra, costo de planeación e ingenieria, gastos de supervisión y administración, impuestos y gastos origiandos por préstamos obtenidos espedificamente para este fina, que se devenguen dcurante el periodo de construcción. Dicho periodo termina cuando el bien está en condiciones de entrar en servicio independientemente de la fecha en que se traspaso a las cuentas de activo fijo en operacion...........
 

 
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a_cano
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17/Sep/05 16:57
Re: Depreciaciòn de Maquinaria Armada?

Entonces empezaria a depreciar conforme a la fecha en que la maquinaria quedo lista para ser utilizada, pero para efectos fiscales cual seria mi respaldo por eso de las auditorias, tendria que guardar todas las facturas y para el MOI actualizaria el importe de las facturas a la fecha en que la empieze a utilizar?

Gracias por su apoyo
 
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17/Sep/05 17:28
Re: Depreciaciòn de Maquinaria Armada?

[quote:c16778324e="atalik"]Entonces empezaria a depreciar conforme a la fecha en que la maquinaria quedo lista para ser utilizada, pero para efectos fiscales cual seria mi respaldo por eso de las auditorias, tendria que guardar todas las facturas y para el MOI actualizaria el importe de las facturas a la fecha en que la empieze a utilizar?

Gracias por su apoyo[/quote:c16778324e]

El MOI serían todos los gastos incurridos e identificados y registrados por separado por la maquinaria en construcción, como lo indica el numeral 7 del Boletin C 6, respaldados con la documentación correspondiente, cuyo monto sería traspasado a cuentas de activo fijo en operación.

Considero que el inicio de la deducción de la inversión sería en los términos del quinto párrafo del artículo 37 de la LISR, a partir del ejercicio en que se inicie su utlizaación de los bienes o desde el ejercicio siguiente....
 

 
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a_cano
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