UNA PREGUNTOTA USTEDES QUE ESTAN HACHAS EN ESTO, El contador de la empresa acredito Iva correspondiente a gastos de diciembre del 2002 en enero del 2003, dichos gastos son por servicio transporte ya que la empresa se dedica al autotransporte Federal, en el regimen simplificado,mi pregunta es, que queremos solicitar devolucion, pero no se si sea correcto el que gastos de diciembre esten acreditados para efectos de iva en enero, y siento que esto nos puede afectar en caso de que nos pidan las facturas de proveedores,,que me recomiendan? de antemano gracias por sus comentarios.
Ademas recuerda que el Iva de Fletes (el retenido) solo se puede acreditar hasta que hayas pagado la retencion del mismo.
O sea .... Ejemplo
Fletes Diciembre = 100,000
IVA de fletes = 15,000
Retencion de fletes =4,000
supongamos que en Diciembre pago todos los fletes entonces en diciembre de podria acreditar solo $11,000 de IVA y los $4,000 restantes cuando pague esas retenciones, o sea en Enero.
Si este es el caso, o en el caso de que los gastos hayan sido pagados hasta enero, entonces procede lo que el contador hizo....