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13/Sep/05 20:03
impuestos retenidos

Estimados foristas, en que momento debo pagar los impuestos retenidos de isr e iva de una persona moral, hasta que efectivamente se cobren¿¿
 
"Solo se que no se nada"...
 
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albert
Sargento Primero

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13/Sep/05 20:26
Re: impuestos retenidos

yo considero que en el mes en el que expides el cheque esas retenciones deberan figurar dentro de tus retenciones del mes pagaderas al siguiente mes, por ejemplo expides cheque en enero para febrero ya deberas estar pagando el mes de enero considerando esa retención, pero aqui muchos diran que no hast que efectivamente se paguen, esa es mi opinion, saludos. :evil:
 
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edgarivanp
Capitán Segundo

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13/Sep/05 20:54

En este caso yo opino (como dijo edgarivanp, se presta a varias opiniones). pero para que haya simetria con el pago de IVA por acreditar de este mismo concepto. Pagarias esta retencion, HASTA QUE EFECTIVAMENTE HAYA SIDO COBRADO
 
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vabdo
General de Brigada

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