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13/Sep/05 10:25
PTU en Pérdidas Fiscales. Revisión SAT

Durante el ejercicio del 2003, se presento la declaración anual con utilidad fiscal, la empresa amortizo pérdidas fiscales por lo cual no hay base (Renta Gravable según LISR), y no se cálculo la parte de PTU.

Los trabajadores presentaron escrito ante el SAT y esta revisó la declaración determinando la utilidad indicando el calculo de PTU que según ellos hay que pagar.

De acuerdo al procedimiento que se siguio en la empresa estamos en lo correcto, puede algunos de ustedes darme más elementos para soportar lo expuesto.

Gracias.
 
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avilaflores
Soldado

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13/Sep/05 10:37
Re: PTU en Pérdidas Fiscales. Revisión SAT

No se si alguien tenga una tesis que contradiga al SAT, pero su criterio (y a mi me parece logico) es que la renta gravable a que se refiere la Constitucion debe ser la calculada en el ejercicio de que se trate y que no se deben de descontar perdidas de ejercicios anteriores porque entonces, en la practica les estariamos repartiendo perdidas a los trabajadores, es decir, a su derecho de utilidades del ejercicio actual, se le restarian las perdidas de ejercicios anteriores.
 
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agtconsultores
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13/Sep/05 10:44
Re: PTU en Pérdidas Fiscales. Revisión SAT

Art. 128 Ley Federal del Trabajo. "No se harán compensaciones de los años de pérdida con los de ganancia"
 
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Jibarra
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13/Sep/05 10:48
Re: PTU en Pérdidas Fiscales. Revisión SAT

Además checa el Art. 16 del ISR, nunca menciona que para elaborar la base de cálculo para PTU tienes que restar la pérdida fiscal pendiente de amortizar, tus trabajadores tienen razón y están en todo su derecho de reclamar las utilidades. :evil:
 
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Jibarra
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13/Sep/05 10:57

Como ya te comentaron el art 16 de la LISR nunca te señala que debas de iniciar la determinación del la PTU a repartir a los trabajadores en base a la utilidad fiscal despues de disminuir las perdidas fiscales pendientes de amortizar. Te habla de una mecanica diferente donde inicias desde tu ingresos hasta otra serie de ajustes. Pero si en realidad encontraste que no hay PTU a repartir no seria por la razon que tu señalas, lo mas logico es porque al realizar el procedimiento del art 16 LISR no se obtuvo base para PTU.

Saludos.
 
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cesar_lc
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13/Sep/05 11:10
Re: PTU en Pérdidas Fiscales. Revisión SAT

MI OPINION ES LA MISMA, EL PAGO DE LA PTU SE DETERMINA DIFERENTE A EL RESULTADO FISCAL ASI QUE ES UNA OBLIGACION PAGAR LA PTU



SIEMPRE ES MEJOR PLANEAR QUE CORREGIR
 
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JBB
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