08/Sep/05 20:25
Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patron
hola buenas noches:
Mi duda es la siguiente:
Acabo de iniciar mi trabajo como contadora en una empresa, la cual esta siendo revisada por la SHCP, en tres meses del ejercicio 2004, como resultado de la revision detectaron que no realizaron retenciones de ISR ni de IMSS a los trabajadores, lo que quiero saber es si esas retenciones que ahora pagará la empresa, podrían ser consideradas como ingreso de los trabajadores. tanto para ISR, como integradas al salario ante el IMSS
Ojalá me haya explicado bien y puedan ayudarme, Gracias...
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AlonzoMundo
Soldado
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08/Sep/05 21:53
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
Que tal compañera, las retenciones de ninguna manera se consideran ingresos para los trabajadores dado que dichas retenciones son consideradas como obligaciones a favor del fisco federal.
No hay disposición expresa que establezca que las retenciones son ingresos acumulables para el trabajador.
Te comento que el único caso que se podría dar es cuando el crédito al salario es mayor que el impuesto retenido de acuerdo a los artículo 113 y 114, pues cuando se configura dicha situación el patron deberá entregar este crédito en efectivo, pero para tales consideraciones el artículo 115 establece que dicha partida no se considerará ingreso acumulable para el trabajador.
Mucho ojo con las retenciones ya que la omisión del entero de dichos impuestos son tipificados como delito fiscal y estan severamente sancionadas mediante circunstancias agravantes.
Saludos!
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Abogado
Capitán Segundo
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09/Sep/05 12:22
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
OK ABOGADO, MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA, Y ENTIENDO LO QUE ME COMENTAS SIN EMBARGO, COMO EMPRESA ENTONCES QUE TRATAMIENTO SE LE DEBE DAR A LAS "CONTRIBUCIONES A CARGO DE LOS TRABAJADORES, PAGADAS POR EL PATRON" ES DECIR PARA LA EMPRESA DEBERAN CONSIDERARSE COMO UN GASTOS NO DEDUCIBLE???
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AlonzoMundo
Soldado
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09/Sep/05 12:52
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
SON DEDUCIBLES ART 32. FRACC. I
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MEXTAX
Capitán Segundo
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09/Sep/05 12:58
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
LAS CUOTAS DE LOS TRABAJADORES PAGADAS POR EL PATRON SON INGRESO EXENTO PARA EL TRABAJADOR ART. 109 FRACC IX, LEY DE ISR
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MEXTAX
Capitán Segundo
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09/Sep/05 13:07
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
De hecho son Retenciones por salarios, por lo que se deberian haber retenido a los trabajadores desde un principio, y enterado al fisco, es decir si al calcularle el impuesto ingresos por salarios y en general por la pretacion de un servicio personal subordinado, o sea que si en tu calculo le tienes que retener a los empleados 1,000 de Isr y le entregas a otros el credito al salario que le salga en su calculo 500 de los acreditas y solo pagas 500 de Isr ret por sueldos.
Pero aqui la cosa es que no lo deberia pagar el patron, sino que si al trabajador le pagas 1000 y tiene una retencion de Isr por 150 le pagas 850 y le retienes los 150.
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Obiwan
Sargento Segundo
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09/Sep/05 13:13
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
Buena tarde:
En caso del ISR el articulo 32 de la LISR, dice: Para los efectos de este titulo, no serán deducibles:
Los pagos por impuesto sobre la renta a cargo del propio contribuyente o de terceros ni los de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, conforme a las disposiciones relativas, [color=red:a2d117b1bd]excepto tratándose de aportaciones al instituto mexicano del seguro social.[/color:a2d117b1bd] tampoco serán deducibles los pagos del impuesto al activo a cargo del contribuyente
Por su parte el articulo 109, contempla: No se pagara el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos
Fracc. IX. la cuota de seguridad social de los trabajadores pagada por los patrones.
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a_cano
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09/Sep/05 18:29
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
ENTONCES, RETOMANDO SUS RESPUESTAS PUEDO CONCLUIR QUE LAS CUOTAS AL IMSS A CARGO DE LOS TRABAJADORES, PAGADAS POR EL PATRON, SON DECDUCIBLES PARA EL PATRON Y NO SE CONSIDERAN INGRESO PARA EL TRABAJADOR, PERO... EN CUANTO A LAS RETENCIONES DE ISR POR SALARIOS SEGUN EL ART. 32 NO SON DEDUCIBLES PARA EL PATRON, PERO SE CONSIDERARAN INGRESO PARA EL TRABAJADOR?
DISCULPEN , PERO AUN ME QUEDA ESA DUDA :(
Y GRACIAS A TODOS POR SU APOYO
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AlonzoMundo
Soldado
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12/Sep/05 10:53
Re: Contribuciones de los trabajadores, pagadas por el patro
N pueden considerarse ingreso para el trabajador si se lo vas a descontar, en tu nomina debes tener las percepciones por un lado, y las deducciones del trabajador, en este caso retencion de Isr, cuotas al imss, infonavit, prestamos , etc...
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Obiwan
Sargento Segundo
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12/Sep/05 12:17
LAS CUOTAS AL IMSS Y DEL ISR A CARGO DE LOS TRABAJADORES (TERCEROS) PAGADAS POR EL PATRON, NO SON DECDUCIBLES PARA ÉSTE ÚLTIMO, NI SE CONSIDERAN INGRESOS PARA LOS TRABAJADORES
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gortega
Cabo
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