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08/Sep/05 15:44
pago repeco 1er año

Como se cuanto debe de pagar de impuestos un repeco ya que es el 1er ejercicio se dio de alta el mes pasado
(julio) ayudenme por fa....
 
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vivianaalm
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08/Sep/05 16:07
Re: pago repeco 1er año

En relaciòn a tu pregunta de CUANTO DEBE pagar un REPECO?
Tienes que aplicar la disposiciòn del artìculo 138 primer pàrrafo de la
LISR, esto es aplicar una tasa del 2% a la diferencia que se obtiene de la siguiente manera:
Ingresos del mes efectivamenente cobrados
menos
$42,222.22 ( EN CASO DE ENAJENACION DE BIENES)
ò
$12,666.66 (EN CASO DE PRESTACION DE SERVICIO)
igual a
Diferencia
por
Tasa del 2%
Sin embargo es importante que consideres si el Estado de la Repùblica en el que se encuentra el contribuyente celebrò convenio con la Federaciòn para pagar el ISR por un periodo distinto al mensual.
En caso de ser asi, entonces los elementos de la mecànica anterior comprenderan un periodo diferente tambièn.
Por ejemplo:
En Veracruz el pago es bimestral entonces, para efectos de tu caso tomariamos los ingresos de julio y agosto, y la disminuciòn de las cantidades antes citadas serìa considerando dos veces la misma cantidad, a la diferencia entonces le aplicas la tasa del 2%.
Para efectos del IVA, se presentan situaciones tambièn diferentes.
Aplicas lo señalado en el artìculo 2-C de la LIVA.
 
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pako05
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08/Sep/05 16:34
Re: pago repeco 1er año

el repeco es de baja california y segun me comentaron el isr solo se paga al estado y no al fisco pero yo no estoy convencida de eso y tambien dicen que de iva debo pagar una cuota fija de 100 por mes ya que es el 1er ejercicio lo cual no se si sea correcto y no se cual es el fundamento legal
 
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vivianaalm
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08/Sep/05 16:35

ASISTE A LA SECRETARIA DE FINANZAS DE TU ESTADO.UISTEDES TIENE CONVENIO Y YA SE MANEJAN CUOTAS FIJAS

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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08/Sep/05 16:37
Re: pago repeco 1er año

Aqui en fiscalia existen diversos comentarios al respecto, asi como algunas lecturas, te las recomiendo

Espero haberte ayudado¡¡¡
 
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Humberto_simon
Cabo

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