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05/Sep/05 14:36
AVISO DE RETENCION DE DESCUENTOS

TENGO UN TRABAJADOR K TIENE CREDITO INFONAVIT Y VA INGRESANDO A LA EMPRESA, LE PEDI QUE ME TRAIGA LA CARTA DE RETENCION DE DESCUENTOS.....DEBO HACERLE ALGUNA CARTA DE TRABAJO PARA QUE LA SOLICITE O NO NECESITA LLEVAR NINGUN DOCUMENTO ???????????
 
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chumis01
Sargento Segundo

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05/Sep/05 15:04
Re: AVISO DE RETENCION DE DESCUENTOS

Esto debe de hacer y llevar

Si estás pagando un crédito INFONAVIT por medio de los descuentos patronales y te acabas de cambiar de trabajo, [u:08f28a5100][i:08f28a5100]infórmalo formalmente al área de Recursos Humanos de tu nueva fuente laboral[/i:08f28a5100][/u:08f28a5100]
Y debera llevar

1.-Pide en la [u:08f28a5100]empresa(nueva) tu Hoja Rosa (Alta al IMSS) [/u:08f28a5100]
2.-Llévala al área de cartera de la delegación del INFONAVIT que te corresponde, [i:08f28a5100][u:08f28a5100]junto con el Aviso de Baja del IMSS de tu empleo anterior. [/u:08f28a5100][/i:08f28a5100]
3.-Ahí te darán un Aviso de Retención de Descuentos
4.-Lleva el Aviso de Retención de Descuentos a la empresa para que la sellen (3 copias)
5.-Devuelve el Aviso de Retención sellado al área de cartera del INFONAVIT

Y darle la direccion de email para que te llegue el aviso

saludos
 
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lcgabrielaranda
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05/Sep/05 16:35
Re: AVISO DE RETENCION DE DESCUENTOS

[quote:8c367e1dcf="chumis01"]TENGO UN TRABAJADOR K TIENE CREDITO INFONAVIT Y VA INGRESANDO A LA EMPRESA, LE PEDI QUE ME TRAIGA LA CARTA DE RETENCION DE DESCUENTOS.....DEBO HACERLE ALGUNA CARTA DE TRABAJO PARA QUE LA SOLICITE O NO NECESITA LLEVAR NINGUN DOCUMENTO ???????????[/quote:8c367e1dcf]

[color=indigo:8c367e1dcf]La obligaciòn de dar aviso del crèdito es del trabajador, y el patron solo procedera al descuento cuando el infonavit le notifique la retencion ya sea por medio propriamente del aviso de retenciòn ò lo notifique por medio de la cedula de liquidaciòn bimestral..

saludos[/color:8c367e1dcf]
 
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06/Sep/05 9:31
Re: AVISO DE RETENCION DE DESCUENTOS

Ea obligacion del trabajador entregarte su aviso de retencion , pero a veces hacen mucha concha , una mejor manera de entetrarte es consultar en la pagina del infonavit su porcentaje de retecion y listo..
 
vive el hoy al maximo como si fuese el ultimo .
 
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CRUZAL
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06/Sep/05 10:48

Tambien puedes esperar a ver en la hoja de liquidacion del infonavit los descuentos que se le tienen que hacer al trabajador, en el reverso de esas hojas de liquidacion del infonavit esta escrito que esta hara las veces de aviso de retencion.
 
zzz
 
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slayer
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06/Sep/05 11:14

HOLA A TO2

Tiene razon lo que dice slayer... OJO.
Las dos unicas formas en las qeu el patron esta obligado a hacer el descuento es:

1.- La luquidacion
2.- O por la carta que envia el INFONAVIT al Patron

Si ahy unos trabajadores mas listos pueden demandar al patron por hacerle los descuentos sin ningún papel.

Saludos!!!!
 
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earguelles
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06/Sep/05 13:06

[quote:0797425f47="earguelles"]HOLA A TO2

Tiene razon lo que dice slayer... OJO.
Las dos unicas formas en las qeu el patron esta obligado a hacer el descuento es:

1.- La luquidacion
2.- O por la carta que envia el INFONAVIT al Patron[/b:0797425f47]

Si ahy unos trabajadores mas listos pueden demandar al patron por hacerle los descuentos sin ningún papel.

Saludos!!!![/quote:0797425f47]

[b:0797425f47][color=green:0797425f47]Y YO QUE DIJE??[/color:0797425f47]
 
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07/Sep/05 9:13

Intelectual escribió[/b:42115ac981]

[color=green:42115ac981]Y YO QUE DIJE??[/color:42115ac981]
[i:42115ac981]Esto dijo... [/i:42115ac981]
[b:42115ac981][i:42115ac981]La obligaciòn de dar aviso del crèdito es del trabajador, y el patron solo procedera al descuento cuando el infonavit le notifique la retencion ya sea por medio propriamente del aviso de retenciòn ò lo notifique por medio de la cedula de liquidaciòn bimestral.. [/i:42115ac981]

Que tenga un buen dia sr. intelectual :D :D
Saludos y muy buen dia :lol:
 
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earguelles
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07/Sep/05 10:14

[quote:d86f94bc36="earguelles"]Intelectual escribió[/b:d86f94bc36]

[color=green:d86f94bc36]Y YO QUE DIJE??[/color:d86f94bc36]
[i:d86f94bc36]Esto dijo... [/i:d86f94bc36]
[b:d86f94bc36][i:d86f94bc36]La obligaciòn de dar aviso del crèdito es del trabajador, y el patron solo procedera al descuento cuando el infonavit le notifique la retencion ya sea por medio propriamente del aviso de retenciòn ò lo notifique por medio de la cedula de liquidaciòn bimestral.. [/i:d86f94bc36]

Que tenga un buen dia sr. intelectual :D :D
Saludos y muy buen dia :lol:[/quote:d86f94bc36]


Jovenes felicitemos a gris hoy es un xxxxx aniversario, asi que feliz cumple gris tqm

saludos
 
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lcgabrielaranda
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07/Sep/05 10:24

[quote:1d56f46507="earguelles"]Intelectual escribió[/b:1d56f46507]

[color=green:1d56f46507]Y YO QUE DIJE??[/color:1d56f46507]
[i:1d56f46507]Esto dijo... [/i:1d56f46507]
[b:1d56f46507][i:1d56f46507]La obligaciòn de dar aviso del crèdito es del trabajador, y el patron solo procedera al descuento cuando el infonavit le notifique la retencion ya sea por medio propriamente del aviso de retenciòn ò lo notifique por medio de la cedula de liquidaciòn bimestral.. [/i:1d56f46507][/b:1d56f46507]

Que tenga un buen dia sr. intelectual :D :D
Saludos y muy buen dia :lol:[/quote:1d56f46507]


[b:1d56f46507][color=green:1d56f46507]earguelles, que tenga buen dìa..
Y SALUDOS a toda la sultana del norte..

Un solo favor quiteme lo de sr. porque sr. solo hay uno, el señor dios... [/color:1d56f46507]
 
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