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03/Sep/05 17:23
Acreditamiento de CAS...posibilidades

El caso es el siguiente:
PM , que maneja la mayoria de los empleados con salario minimo, por lo tanto genera CAS, el cual se acredita mes a mes contra ISR propio y rentenciones de ISR, aun asi, quedan remanentes del CAS, por lo que el monto es considerable, ya anteriormente se analizo la opcion de "inflar" los pagos de ISR, pero se llego a la conclusion de que en caso de revision por parte de la autoridad, podria esto equipararse a defraudacion fiscal debido a que se simularia algo irreal.

Por lo que se esta pensando en la posibilidad de generar retenciones de ISR mediante el decreto de dividendos que no provienen de CUFIN, pero mis dudas son las siguientes:
1. Aun teniendo CUFIN, ¿Se pueden decretar dividendos que no provengan de dicha cuenta, o gerarquicamente seria como el caso de la CUFINRE que debe ser repartida primero que la CUFIN????
2. Si por concepto de falta de liquidez, se decretan dividendos no provenientes de CUFIN, se retiene el ISR correspondiente pero no se emite cheque alguno por este concepto (por el momento), y se crea una cuenta de pasivo llamada dividendos por pagar para acreditar el CAS contra el ISR generado...¿Es posible?
3. Se analizo erogar por concepto de honorarios de consejo cierto importe, pero debido a un articulo que se publico en esta pagina, el cual mencionaba un sin fin de requisitos para que sea considerado como deducible dicha erogacion, se considero como una opcion no viable.

Agradezco sus comentarios, y si tienen algun tip para este caso.
 
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BR1
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03/Sep/05 20:16
Re: Acreditamiento de CAS...posibilidades

A VER SI ENTENDI?

SE TRATA DE HACER UN PAGO QUE GENERE UNA RETENCION DE ISR QUE SE PAGARIA CON CAS Y QUE POSTERIORMENTE SE QUIERE CANCELAR .... PARA DESPUES COMPENSAR ESE PAGO DE LO INDEBIDO CONTRA IVA?

O SEA AL FINAL DEL DIA PAGAR CON CAS EL IVA A CARGO ?

....

PUES IGUAL Y DEPENDIENDO DEL MONTO.... DIGO NO LO VAS A HACER POR MENOS DE $20 MIL (DIGO PORQUE NO VALDRIA LA PENA TANTO TRAMITE) Y TAMPOCO POR UNA CANTIDAD QUE SEA TAN IMPORTANTE QUE LLAME MUCHO LA ATENCION.

DIGO PARA ESOS EFECTOS IGUAL Y PORDRIAS HACER UN PAGO A HONORARIOS ASIMILADOS Y HACER LA RETENCION QUE TE CUBRA TODO EL CAS QUE NECESITAS Y DESPUES CANCELAR EL MOVIMIENTO Y EN COMPLEMENTARIAS DETERMINAS UN PAGO DE LO INDEBIDO Y DESPUES INTENTAS COMPENSARLO CONTRA EL IVA A CARGO QUE TIENES .... PERO IGUAL Y SI TE REVISAN EL MOVIMIENTO A CONCIENCIA PUES TE HECHAN PARA ATRAS TODO EL TEATRITO.... ES UN VOLADO

SALUDOS
 
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EduardoOchoa
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