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01/Sep/05 11:19
DUDA EN REQUERIMIENTO..

BUENOS DIAS COLEGAS HACE UNOS DIAS LE LLEGO UN REQUERIMIENTO DE OBLIGACIONES AUNA P.F. REGIMEN DE ARRENDAMIENTO LOCAL COMERCIAL POR LOS MESES DE ABRIL Y DE MAYO DEL 2005, SE PRESENTO POSTERIOR A ESTE REQUERIMIENTO L ADECLARACION MENSUAL DEL MES DE ENERO DEL 2005 YA QUE NOSE HAN OBTENIDO INGRESOS EN LO QUE VA DEL AÑO ¿ CON ESTO PUEDO FRENAR UNA MULTA POSTERIOR ( PROCEDERA LA MULTA) YA QUE NUNCA S EM REQUIRIO EL MES DE ENERO SINO ABRIL Y MAYO? O SI PROCEDERIA LA MULTA POR LOS MESES QUE ME ESTAN REQUIRIENDO QUE ME RECOMIENDAN HACER? GRACIAS...
 
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calicho
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01/Sep/05 11:28
Re: DUDA EN REQUERIMIENTO..

si solo te requieren abril y mayo y no los habias presentados y depues los presentas, las multas vendran solo por estos dos, ademas debes contestar dicho requrimiento ya que de no hacerlo tendras otra sancion..


cualquier otro mes que presentes extemporaneo y no haya mediado requerimiento, se considera, ESPONTANEO,....y no proceden las multas en estos casos.....
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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01/Sep/05 11:39
Re: DUDA EN REQUERIMIENTO..

Aunque solo tengas que presentar la declaración de Enero por que en todo el año no has tenido ingresos,, esto de conformidad con la regla 2.15.2 de Resolución Miscelanea Fiscal, procede la multa por que esta fue presentada después del requerimiento de obligaciones, y esta vale para los meses posteriores.

Desde mi punto de vista procedería la multa, lo que queda es ver como te notificaron el requerimiento si reune los requisitos que marca el código e interponer un recurso de revocación.
 
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ROGERIO
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01/Sep/05 11:50
Re: DUDA EN REQUERIMIENTO..

y dale respuesta al requerimiento, porque puedes caer en una multa y posteriormente en reincidencia.
 
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CPhugoocejo
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01/Sep/05 12:34
Re: DUDA EN REQUERIMIENTO..

[quote:a8e68fd751="calicho"]BUENOS DIAS COLEGAS HACE UNOS DIAS LE LLEGO UN REQUERIMIENTO DE OBLIGACIONES AUNA P.F. REGIMEN DE ARRENDAMIENTO LOCAL COMERCIAL POR LOS MESES DE ABRIL Y DE MAYO DEL 2005, SE PRESENTO POSTERIOR A ESTE REQUERIMIENTO L ADECLARACION MENSUAL DEL MES DE ENERO DEL 2005 YA QUE NOSE HAN OBTENIDO INGRESOS EN LO QUE VA DEL AÑO ¿ CON ESTO PUEDO FRENAR UNA MULTA POSTERIOR ( PROCEDERA LA MULTA) YA QUE NUNCA S EM REQUIRIO EL MES DE ENERO SINO ABRIL Y MAYO? O SI PROCEDERIA LA MULTA POR LOS MESES QUE ME ESTAN REQUIRIENDO QUE ME RECOMIENDAN HACER? GRACIAS...[/quote:a8e68fd751]

Segun entiendo, te requirieron Abril y Mayo y posteriormente presentaste la Declaración de Enero en forma estadistica y quieres evitar la multa de conformidad con la regla 2.14.2 de la RMF para el 2005.

En tal sentido, es claro que no vas a evitar a ninguna costa la Multa, siendo una en principio y si no das contestación al requerimiento te van a generar una segunda.

Por lo que puedes tener viables tres opciones:
A) Da cumplimiento al requerimiento y Revoca la Multa a traves del Recuros Administrativo contemplado en el CFF, con fundamento en el Art. 41 Fracc. III y 81 del mismo Código.

B) Revocalo conforme al requerimiento (Aunque no comparto la idea)

C) Paga y solicita el descuento del 50% como lo establece el Art. 70 del CFF.
 
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jjfarias
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01/Sep/05 12:59
Re: DUDA EN REQUERIMIENTO..

ENTONCES TENGO QUE PRESENTAR DE TODAS MANERAS LOS MESE DE ABRIL Y MAYO QUE ME ESTAN REQUIRIENDO O NADA MAS CONTESTAR QUE PRESNETE LA DE ENERO EN CERO Y ESPERAR LA MULTA POR EL REQUERIMIENTO O TENGO QUE PRESNETAR A FUERZAS LOS MESE QUE ME REQUIEREN AUN SIN TENER OBLIGACION DE PRESENTARLAS POR TENER L APRIMERA DEL AÑO EN CERO Y SIGUE SIENDO EL MISMO MOTIVO, INDPENEDIENTEMENTE DE QUE ME HAGO ACREEDOR A LA MULTA.. DEJO NADAS MAS LA DE ENERO PRESNETADA Y CON ESTA LE DOY CONTESTACON AL REQUERIMIENTO? O TENGO QUE PRESENTAR LOS MESES QU EME REQUIEREN ABRIL Y MAYO A FUERZAS?
 
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calicho
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01/Sep/05 14:32
Re: DUDA EN REQUERIMIENTO..

amigos en mi opinion insisto y aclarandome el caso
me estan requiriendo abril y mayo

presento enero no tiene por que haber multa ya que no me estan requiriendo enero....contesta el req diciendo que no estas obligado a presnetar abril y mayo por que tu primera declaracion fue ceros, ojo enero no te estan requiriendo si la presentas atiendes al 73 cff....ademas este beneficio es de miscelanea solo crea derechos ...
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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