Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
31/Ago/05 19:27
auxilio (tipo de cambio)

hola compañeros:

quisiera ver si alguno de ustedes me podria ayudar en la siguiente duda:

resulta que llevo la contabilidad de una persona moral que factura en pesos y en dolares. resulta que por ley estoy obligado a registrar en pesos las transacciones en moneda extranjera. yo me estoy basando en el siguiente fundamento
art.8 ley monetaria de los Estados Unidos Mexicanos[/b:87942dc03d].- las obligaciones de pago en moneda extranjera contraidas dentro y fuera de la republica para ser cumplidas en esta, se solventaran entregando el equivalente en moneda nacional, al tipo de cambio [b:87942dc03d]vigente[/b:87942dc03d] en el lugar y fecha en que deba hacerse el pago.
Ademas tambien me baso en la pagina del banco de mexico: [b:87942dc03d]www.banxico.org.mx/cgi_inveco/cuaddia.exe?01E[/b:87942dc03d]
la cual me confirma lo mismo que la ley monetaria.
Ademas tambien me baso en el boletin b15 y c3 de imcp
donde dice que las operaciones en moneda extranejera deben valuarse al tc e[b:87942dc03d]xistente[/b:87942dc03d] a la fecha de la transaccion. y que las cuentas por cobrar deben valuarse al tc [b:87942dc03d]vigente al cierre de mes

como se podran dar cuenta la palabra vigente juega un papael fundamental ya que el art 7 CFF habla de que lo que se publique en el DOF entra en vigor al dia siguiente a su publicacion.

por lo cual yo lo entiendo asi:

EJEMPLO:SI REALIZO UNA VENTA EN DOLARES CON FECHA 15 SEP
REGISTRO EN MI CONTABILIDAD EN PESOS USANDO EL TIPO DE CAMBIO PUBLICADO EL DIA 14 DE SEP EN EL DOF (OJO.- SI EL 14 ES DIA INHABIL, IRME AL ULTIMO PUBLICADO ).

Y SI ESA FACTURA NO ME LA HAN PAGADO PARA CIERRE DE MES, ESTOY OBLIGADO A ACTUALIZAR LA FACTURA AL TIPO DE CAMBIO DE CIERRE , ES DECIR QUE EL DIA 30 DE SEPT VOY A UTILIZAR EL TC PUBLICADO EL 29 DE SEP EN EL DOF, LLEVANDO ME LA DIFERENCIA A GANANCIA O PERDIDA CAMBIARIA SEGUN SEA EL CASO (ES DECIR AFECTO SOLO LAS CUENTAS DE CLIENTE Y PERDIDA O GANACIA CAMBIARIA).

Y SI ESA FACTURA ME LA PAGAN (YA SEA EN PESOS O EN DOLARES) EL 16 DE OCTUBRE , VOY A REGISTRAR EN MI CONTABILIDAD EL PAGO AL T.C. PUBLICADO EN EL DOF EL DIA 15 DE OCTUBRE. LLEVANDOME LA DIFERENCIA A GANANCIA O PERDIDA CAMBIARIA SEGUN SEA EL CASO.

DE ESTA FORMA TAMBIEN ME BOTA UNA PERDIDA O GANACIA CAMBIARIA DERIVADA DEL IVA, YA QUE EL IVA INICIALMENTE QUEDO REGISTRADO AL TC PUBLICADO EL DIA 14 DE SEP Y AL PAGARLA SE USO UN T.C. PUBLICADO EL DIA 15 DE OCT EN EL DOF

LAS GANANCIAS CAMBIARIAS LAS METERIA COMO INGRESO NOMINAL PARA EFECTOS DE PAGOS PROVISIONALES Y LA PERDIDA Y GANANCIA CAMBIARIA ENTRARIAN EN LA DECL ANUAL



por favor amigos colegas, necesito saber si estoy haciendo las cosas bien, ya que fiscalmente no encuentro ningun fundamento, puesto que el unico que encontre(art 20 CFF) me habla de contribuciones.


alguno de ustedes esta de acuerdo conmigo, o aplican otro criterio distinto
y una ultima duda¿ en el caso de un contribuyente persona fisica, el tratamiento seria igual, es decir acumularia como ingreso la ganancia cambiaria y deduciria la perdida en pagos provisionales?




espero sus comentarios


gracias de antemano
atte:ragde
 
Perfil

ewan
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Mayo 23, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 9:51

Como complemento puedes leer el art. 9 de la LISR. para determinar tu utilidad ó pérdida cambiaria.

Estás en lo correcto en tomar el TC de un día anterior.

Persona fisica, va acumular y a deducir la utilidad ó pérdida cambiaria... cuando efectivamente la cobre
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
Perfil

Mem
Teniente Coronel

Mensajes: 2922
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 10:08
Re: auxilio (tipo de cambio)

MI ESTIMADO "AUXILIO".

ESTAS EN LO CORRECTO. SE DEBE VALUAR AL TIPO DE CAMBIO PUBLICADO EN DOF DEL DIA ANTERIOR AL DE TU TRANSACCION, Y SI ES INHABIL TOMAS EL DEL DIA HABIL ANTERIOR. Y AL CIERRE VALUAS TUS DOLARES AL TIPO DE CAMBIO DEL DIA ANTERIOR ES DECIR SI EL UTLIMO DIA FUE 31 TOMAS DE DEL 30 PUBLICADO EN DOF. Y SUPONGAMOS QUE TIENES QUE EL MES ES DE 30 DIAS Y EL DIA TREINTA ES INHABIL TE VAS AL DIA HABIL INMEDIATO ANTERIOR Y SOBRE ESTA BASE TOMAS EL TIPO DE CAMBIO ANTERIO PUBLICADO EN DOF. ES DECIR SI EL 30 Y 29 FUE SABADO Y DOMINGO VAS A TOMAS EL DEL DIA 27.

TE SUGIERO MANEJAR DE LASIGUIENTE FORMA TU CONTABILIDAD.

CUENTA (NOMBRE DEL CLIENTE)
SUBCUENTA(NOMBRE DEL CLIENTE ABREVIADO Y AL FINAL "DOLARES")
SUBCUENTE(NOMBRE DEL CLIENTE ABREVIADO Y AL FINA "MONEDA NACIONAL")

ESTE TE SERVIRAR PARA SABER CUANTOS CUAL ES EL SALDO DE TUS DOLARES AL CIERRE DE CADA MES.

"OJO" LA CUENTA DE MONEDA NACIONAL ES UN "COMPLEMENTO".

EJEMPLO:

1,000 DLS AL T.C. 10.5809 = 10,580.90 PESOS

CARGAS A LA SUBCUENTA DOLARES 1,000 DLS
CARGAS A LA SUBCUENTE M.N. 9,589.90 MN

CUANDO TE PAGUEN LA FACTURA LA VALUAS AL TIPO DE CAMBIO QUE CORRESPONDA LA TRANSACCION Y LO COMPARAS CON EL MONTO VALUDADO YA SEA AL CIERRE O SI TE LA PAGAN EL MISMO MES DE LA FACTURA AL TIPO DE CAMBIO DE FECHA DE LA FACTURA.

EN EL CASO DEL IVA TENDRAS QUE ENTERAR EL IVA QUE EFECTIVAMENTE COBRASTE Y DETERMINAR TU VARIACION CAMBIARIA CONTRA EL QUE REGISTRASTE.
 
Perfil

mmaedgar
Soldado

Mensajes: 7
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 10:46
Re: auxilio (tipo de cambio)

[quote:3e65875c21="ewan"]

DE ESTA FORMA TAMBIEN ME BOTA UNA PERDIDA O GANACIA CAMBIARIA DERIVADA DEL IVA, YA QUE EL IVA INICIALMENTE QUEDO REGISTRADO AL TC PUBLICADO EL DIA 14 DE SEP Y AL PAGARLA SE USO UN T.C. PUBLICADO EL DIA 15 DE OCT EN EL DOF


atte:ragde[/quote:3e65875c21]

de acuerdo con todo, excepto este punto que no me queda claro,

pues en mi opinion el iva trasladado sera el que resulte de aplicar el tipo de cambio a la fecha del pago y a la fecha de facturacion.

enfocandome solo al iva este sera el procedimiento:

a la venta
provision ..................10.(abono)

al pago
cancelas prov 10(cargo)
y registas el trasladado 11(abono)

saludos!
 
aprende a perdonar, pues la vida es muy corta y, no vale la pena vivir con el corazon amargado, mas bien haz las paces con aquella persona que quieres y que ahora esta alejada de ti.tu vida cambiara y viviras mas plenamente.saludos!
 
Perfil

LEALQUIQUE
Capitán Primero

Mensajes: 699
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 11:24
Re: auxilio (tipo de cambio)

estoy de acuerdo en el procedimiento de registro de la operacion en moneda extranjera Fud Art 20 CFF que habla de contribuciones que se deriven por estas operaciones y estas en lo correcto al aplicar el del dia 14 de septiembre que es el que se publica el dia 15 en DOF, ya que el 15 fue la fecha de la operacion en moneda extranjera en donde difiero es en tu manejo del T.C que utilizas para determinar tu Ganancia o Perdida Cambiaria que para mi seria el que se Publica el dia 01 de Octubre que es el correspondiente al ultimo dia del Mes es decir el30 de Septiempre, en el supuesto que sea un dia habil Fund. Art 22 Fraccion VIII, ya que menciona que se utilizara el tipo de cambio del ultimo dia del ejercicio que se declara que sabemos que se publica en el DOF al dia siguiente.
 
Perfil

Miledy
Soldado

Mensajes: 3
Ingresó: Mayo 20, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
01/Sep/05 11:40

Sugerencia:

No se que paquete contable uses.. pero a mi me han funcionado las cuentas de orden para controlar las cuentas de balance en dolares...

Duda:

Las cuentas monetarias de balance deben ser valuadas al t.c. de cierre de mes.. Entonces eL IVA (ya sea acreditable o trasladado) también es susceptible de actualizar? Y bueno el criterio se ampliaria a todos los demas pasivos por impuestos en dolares tales como retenciones por pagos al extranajero?

El calculo de la diferencia cambiaria +/- tendria cierto diferimiento... ya no se tomaria la fecha en que se registro la transacción sino la del mes de cierre.. :?:
 
Perfil

Gretel78
Subteniente

Mensajes: 130
Ingresó: Marzo 27, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
07/Oct/05 19:36
Re: auxilio (tipo de cambio)

amigos:

muchas gracias a todos por sus comentarios, me ayudaron bastante a formar mi criterio y mas confianza

gretel, respecto a tu pregunta: yo hablaba de actualizar el iva, debido a que no es el mismo tipo de cambio el utilizado a la fecha de la factura, que el utilizado a la fecha de pago(como veras aumenta o disminuye, y esa variacion se convierte en ganacia o peridda cambiaria)
te recomiendo que leas el boletin b10 reexpresion de los edos financieros


gracias por otro lado al contador que hablo del ivo en cuenta provisional por sus comentarios acerca del iva, ya que coincidimos en tomar el iva al tipo de cambio de la fecha de pago(para efectos de pago provisional)
 
Perfil

ewan
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Mayo 23, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1