Buenas Tardes, mi duda es con respecto a un trabajador que se va a dar de baja en el IMSS debido a que dejara de laborar, el quiere saber cuanto tiempo mas le da servicio el IMSS
Conservación de derechos por baja del asegurado
Artículo 207.- Los asegurados a que se refiere esta Sección tendrán derecho al servicio a partir de que el trabajador sea dado de alta ante el Instituto y cuando sean dados de baja en el régimen obligatorio conservarán durante las cuatro semanas posteriores a dicha baja, el derecho a las prestaciones de este seguro.
Artículo 109. El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas, conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir, exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.
[color=black:5d36c7ecef][size=16:5d36c7ecef]JC@rlos[/size:5d36c7ecef][/color:5d36c7ecef]
[color=grey:5d36c7ecef]El mayor conocimiento que existe, es conocerse a sí mismo[/color:5d36c7ecef]
el artículo 207, se refiere a la sección primera del capítulo VII, que es el de guarderías y para ello son las cuatro semanas y el art. 109, se refiere en general, a la conservación de derechos, por ocho semanas posteriores a la desocupación, que además resulta conveniente para el trabajador.
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31/Ago/05 20:45
Re: baja de trabajador
:( Como quien dice... hay que apurarse a conseguir chamba si no le sacan al chavalo de la guarderia... ¡Que absurdo...! ¿Por qué en uno son 4 y en el otro 8 semanas...? Gracias sres. diputadillos... No esperaba menos de ustedes...
El Chavalo... digo, El Lic.
:D
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com