30/Ago/05 20:43
BUENO CREO QUE TODOS LOS COLEGAS HAN EMITIDO OPINIONES ATINADISIMAS ASI ES QUE LA NUEVA EMPRESA DEBE SER NUEVA DE PAQUETE.
ASI ES QUE TE RECOMIENDO QUE PACTES CON LOS TRABAJADORES. EL PAGO DE SUS LIQUIDACIONES E INDEMNIZACIONES
Y QUE LIQUIDES Y DISUELVAS LA SOCIEDAD ANTERIOR Y NO DESCANSES HASTA OBTENER LA INSCRIPCION DE ESTOS TRAMITES EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y EL COMERCIO PARA QUE SEAN VALIDOS.
Y MI MAYOR APORTACION VA A SER LA SIGUENTE :D
TE VOY A ALEGRAR EL DIA.
http://www.infonavit.gob.mx/empresario/facilidades.shtml
Ampliación al Programa de Facilidades 2004-2005 para Patrones deudores del INFONAVIT
Sr. Empresario:
Si tiene adeudos con el INFONAVIT, derivados de la omisión de pago de las aportaciones del 5% y sus accesorios, ahora los puede regularizar con los beneficios que otorga la Ampliación al Programa de Facilidades a patrones que estuvo vigente durante los meses de noviembre y diciembre de 2004 y enero y febrero de 2005 . Con los mismos beneficios, también puede pagar los recargos por las amortizaciones para créditos de vivienda, que adeude.
¿Qué periodos y conceptos puedo regularizar?
Cualquier periodo o periodos anteriores al 1er bimestre de 2005, con adeudos por concepto de aportaciones del 5% y sus accesorios, así como los recargos derivados de la omisión de pago de las amortizaciones de créditos.
¿Cuáles son los beneficios del programa?
Condonación hasta del 100% de las multas impuestas.
Condonación hasta del 50% de los gastos de ejecución generados.
Autorización para cubrir el adeudo hasta en 60 parcialidades.
Autorización para cubrir el adeudo en parcialidades mensuales, con pagos extraordinarios semestrales y/o anuales, según su capacidad de pago y adecuándolos a los periodos en que tiene mayores ingresos, y al monto de lo que adeude.
Garantía del interés fiscal propuesta por usted, incluyendo la obligación asumida por un tercero.
Compromiso de no revisar los periodos sujetos a regularización mediante el Programa de Facilidades, excepto en los casos de denuncia de uno de sus trabajadores.
Compromiso de no presentar querellas por la posible comisión de delitos fiscales.
¿Cómo puedo recibir los beneficios de este Programa de Facilidades?
Muy fácil, sólo hay que cumplir los siguientes requisitos:
Presentar solicitud de adhesión al Programa de Facilidades, debidamente requisitada, en cualquier oficina del INFONAVIT.
Indicar la forma en que va a regularizar sus adeudos (en una sola exhibición, en parcialidades fijas, o fijas con semestralidades y/o anualidades).
Si ya ha sido requerido de pago, indicar el número de Resolución o Folio, así como los periodos, conceptos e importes requeridos, y anexar la copia de los requerimientos.
Manifestar bajo protesta de decir verdad que no ha interpuesto ningún medio de defensa por los periodos a regularizar, y de haberlo hecho, exhibir la copia sellada del desistimiento presentado ante la autoridad competente.
Presentar un análisis y desglose del adeudo por períodos, conceptos e importes.
Acompañar la información necesaria para la individualización de los importes, a través de los formularios de pago vigentes en el periodo de omisión. (formularios SAR-01 y 02, y/o formato SUA).
Nota: La solicitud que presente estará sujeta a la autorización del INFONAVIT.
¿Qué garantía puedo ofrecer si elijo regularizar mis adeudos mediante un Convenio de Pago en Parcialidades?
Para asegurar el pago de los créditos fiscales y el cumplimiento de sus obligaciones, puede optar por cualquiera de las siguientes formas de garantizar el interés fiscal:
Depósito de dinero
Prenda
Hipoteca
Fianza otorgada por una institución autorizada
Obligación solidaria asumida por un tercero que compruebe su disposición y solvencia económica
Embargo en la vía administrativa
Títulos valor
Opciones de pago:
Pago en parcialidades
Para que la autorización de pago en parcialidades proceda, además de presentar su solicitud de adhesión al Programa de Facilidades, debe:
Regularizar el total de los periodos que adeude.
Manifestar la forma que garantizará el interés fiscal.
No mantener adeudos por amortizaciones de crédito y/o su actualización, así como por aportaciones correspondientes a aquellos trabajadores que hayan obtenido un crédito de vivienda por periodos anteriores al 1er bimestre de 2005.
No tener adeudos por aportaciones y/o amortizaciones, ni requerimientos pendientes de atender de los bimestres vencidos, relativos al ejercicio de 2005.
Presentar, por cada uno de los bimestres a regularizar, los formatos de pago que correspondan al periodo de omisión (SAR-01 y 02, y/o formato SUA), debidamente llenados con los datos de identificación de cada uno de los trabajadores por quienes cubrirá los adeudos, esto con el fin de proceder a la individualización.
Exhibir la garantía correspondiente dentro de los plazos que al respecto establece el Código Fiscal de la Federación.
Pago en una sola exhibición
Recibirá los beneficios del pago en una sola exhibición, siempre y cuando haya cubierto el total de los importes adeudados.
Esquema de condonación
¿Qué porcentajes de condonación obtendré?
Los porcentajes de condonación de las multas y gastos de ejecución variarán de acuerdo a la fecha de incorporación al programa y a la forma de pago, conforme a los siguientes cuadros:
MES
CONCEPTO
PORCENTAJE DE CONDONACION
Una Exhibición
En Parcialidades
Abril
M
U
L
T
A 100%
80%
Mayo
Junio
85%
65%
Julio
70%
50%
Agosto
55%
35%
Septiembre
40%
20%
Octubre
25%
15%
Noviembre
15%
10%
Diciembre
10%
0%
MES
CONCEPTO
PORCENTAJE DE CONDONACION
Una Exhibición
En Parcialidades
Abril
GASTOS DE EJECUCION
50%
40%
Mayo
Junio
45%
35%
Julio
40%
30%
Agosto
35%
25%
Septiembre
30%
20%
Octubre
25%
15%
Noviembre
20%
10%
Diciembre
10%
5%
¿Cuál es el mecanismo de pago de adeudos a través de este Programa de Facilidades?
a) Pagos en una exhibición:
Anteriores al cuarto bimestre de 1997, debe efectuarlos mediante el recibo de pago referenciado que obtenga del Área de Fiscalización de la Delegación más cercana a su domicilio y ante el Banco autorizado a tal efecto por el INFONAVIT.
Posteriores al cuarto bimestre de 1997, debe realizarlos mediante los Formularios SUA y ante la Entidad Receptora de su preferencia.
b) Los pagos en Parcialidades derivados de la celebración de un Convenio, debe efectuarlos ante el Banco autorizado para estos efectos por el INFONAVIT, mediante el Formato de Pago que le proporcione el Área de Fiscalización de la Delegación más cercana a su domicilio.
¿Cuáles son los criterios y especificaciones que tiene el Programa de Facilidades?
En ningún caso se podrá autorizar la condonación parcial o total de las aportaciones patronales del 5% o amortizaciones de crédito, ni de sus accesorios.
En el caso de pagos diferidos, el monto de cada parcialidad no podrá ser menor al importe de un salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal.
La aplicación de los beneficios que se establecen en este Programa, no dará lugar a devolución o compensación alguna en su favor.
Si cumple con los requisitos y quiere adherirse a este Programa, lo puede hacer independientemente de haber sido requerido o no de pago. Lo anterior, sin importar el avance de las acciones de fiscalización que se estén llevando a cabo, excepto si el procedimiento de cobro se encuentra en etapa de remate de los bienes embargados.
¿Cuál es la vigencia del Programa de Facilidades?
La vigencia del programa será a partir del día 13 de abril al 31 de diciembre de 2005.
Una vez autorizada mi adhesión al Programa, ¿puedo perder sus beneficios?
Sí, si se ubica en alguno de los siguientes supuestos:
Incumplir con el pago de tres o más parcialidades, o uno de los pagos semestrales y/o anuales del Convenio que le haya sido autorizado.
Mantener adeudos por los bimestres subsecuentes a los periodos que está regularizando.
Interponer algún medio de defensa en contra de las acciones de cobro que a su cargo realice el INFONAVIT.
Cuando se detecte falsedad en los datos nos proporciono.
¿Dónde puedo obtener los formatos que debo requisitar para adherirme al Programa de Facilidades?
Obtenga aquí el formato necesario.
Para saber más acerca del Programa de Facilidades, llámenos al teléfono 5322-6740 ó escríbenos a asesorfiscal@infonavit.org.mx , o a buzonfiscal@infonavit.org.mx y con gusto le atenderemos.