29/Ago/05 13:07
Re: salario a maestros en colegio particular...
[quote:fa3e485bb3="orcais"]recuerda que si trabajan al menos 18 horas a la semana se deben asegurar[/quote:fa3e485bb3]
Este acuerdo se encuentra derogado:
ACUERDO 279/2003, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.
El H. Consejo Técnico, en la sesión celebrada el día 9 de julio del presente año, dictó el Acuerdo número 279/2003, en los siguientes términos:
“Este Consejo Técnico, con fundamento en los artículos 251 fracciones IV, VIII y XXXVII, 263 y 264 fracciones III y XVII de la Ley del Seguro Social, y conforme al contenido del oficio 617 del 25 de junio de 2003 de la Dirección Jurídica, con el objeto de cumplir cabalmente y en todos sus términos las disposiciones contenidas en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos, en cuanto al régimen de aseguramiento de los maestros que prestan sus servicios en instituciones educativas, cualesquiera que sea su personalidad jurídica o naturaleza económica, acuerda: Unico.- Por medio del presente, se deja sin efectos el Acuerdo 773/2000 de fecha 22 de noviembre de 2000, emitido por este mismo Organo Colegiado. El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.
Atentamente
México, D.F., a 27 de agosto de 2003.- El Secretario General, Juan Moisés Calleja García.- Rúbrica.
Por lo que si son empleados tienes la olbigación de asegurarlos, de otr manera no.
Saludos.
Edgar Enrique Carrillo Sáenz