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29/Ago/05 10:05
IVA venta de Edificio

Que tal, pues me encuentro con una duda debido a la venta de una construccion que forma parte del activo fijo de la empresa, la parte de construccion graba IVA el cual enteró el notario por medio de su oficina, dicho pago provisional logicamente es a su nombre. Mi pregunta es para poder la empresa utilizar ese IVA que se pago y que nos corresponde por el ingeso obtenido, Que comprobante o constancia nos tiene que dar el notario??
 
ALONSO
 
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AntonioAlonso
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29/Ago/05 10:07
Re: IVA venta de Edificio

Un ejemplar de la declaración donde cubrio dicho IVA, claro mas la escritura donde esta plasmada la retencion del IVA
 
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cpdan
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29/Ago/05 10:08
Re: IVA venta de Edificio

Tratándose de enajenación de inmuebles por la que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, consignada en escritura pública, los notarios, corredores, jueces y demás fedatarios que por disposición legal tengan funciones notariales, calcularán el impuesto bajo su responsabilidad y lo enterarán dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se firme la escritura, en la oficina autorizada que corresponda a su domicilio. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable en el caso a que se refiere el artículo 1o.-A, fracción I de esta Ley.
 
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cpdan
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