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25/Ago/05 11:35
CONVENIO DE COLABORACION CHIH.

Señores, no tengo mucho conocimiento acerca de los convenios de colaboración entre SHCP y ESTADOS, solo si me pueden sacar de la duda, este convenio entro en vigor en Chih. si mal no recuerdo en Mayo del 2004 a partir de ahi el 5% de ISR intermedio se entera al Estado.

Mi pregunta es tiene facultad el Edo. para requerir pagos provisionales del año 2003 ?

De antemano gracias por sus comentarios !!!
 
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cp_acuna
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25/Ago/05 15:40
Re: CONVENIO DE COLABORACION CHIH.

[quote:bc16aa30fe="cp_acuna"]Señores, no tengo mucho conocimiento acerca de los convenios de colaboración entre SHCP y ESTADOS, solo si me pueden sacar de la duda, este convenio entro en vigor en Chih. si mal no recuerdo en Mayo del 2004 a partir de ahi el 5% de ISR intermedio se entera al Estado.

Mi pregunta es tiene facultad el Edo. para requerir pagos provisionales del año 2003 ?

De antemano gracias por sus comentarios !!![/b:bc16aa30fe][/quote:bc16aa30fe]

Las Entidades siempre que entren al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal deberan regirse por la Ley de Coordinación Fiscal, la mayoría de los Estados se encuentran adheridos a este Sistema que desde 1979 se constituyó.

En éste, se establecen el conjunto de disposiciones y órganos que regulan la cooperación entre la Federación y las Entidades Federativas, incluyendo el Distrito Federal, con la finalidad de lograr una óptima administración de los ingresos tributarios y vigilar el cumplimiento de las disposiciones fiscales, así como evitar la múltiple tributación hacia una misma fuente impositiva.


LEY DE COORDINACION FISCAL
ARTICULO 13.-[u:bc16aa30fe]El Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y los Gobiernos de las Entidades que se hubieran adherido al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, podrán celebrar convenios de coordinación en materia de administración de ingresos federales, que [b:bc16aa30fe]comprenderán las funciones de Registro Federal de Contribuyentes, recaudación, fiscalización y administración, que serán ejercidas por las autoridades fiscales de las Entidades o de los Municipios cuando así se pacte expresamente[/b:bc16aa30fe]. [/u:bc16aa30fe]

[b:bc16aa30fe][u:bc16aa30fe]En los convenios a que se refiere este artículo se especificarán los ingresos de que se trate, las facultades que ejercerán y las limitaciones de las mismas. [/u:bc16aa30fe]Dichos convenios se publicarán en el Periódico Oficial de la Entidad y en el Diario Oficial de la Federación, y surtirán sus efectos a partir de las fechas que en el propio convenio se establezcan o, en su defecto, a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación.

En virtud de lo anterior tendrías que verificar que en el Convenio que se celebro entre tu Entidad y el Gobierno Federal incluye fiscalización en materia de Impuestos Cedulares, que no creo que te requieran del 2003, probablemente te esten requiriendo alguna contribución referente a las participaciones de las Entidades como lo es el IVA o el ISR.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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