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25/Ago/05 11:30
Impuestos Cedulares

Tengo una duda, puede un Estado crear un impuesto cedular a las personas físicas que únicamente obtengan ingresos por sueldos y salarios, y existe restricción para su aplicación??

Tengo entendido que la Constitución Política (CPEUM) faculta a las Legislaturas de los Estados para hacerlo, esto de acuerdo al artículo 71.

Gracias por sus comentarios.

Saludos

Carlos
 
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