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24/Ago/05 17:19
retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

soy p.fisica y facturo flete con ret del 4% pero una p.moral me dice q no le procede se la haga la ret. cual es el fundamento del porq no, saben??? :)
 
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jagc
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24/Ago/05 17:22
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

claro que procede la retencion del IVA art 1-A fracc II inciso c), regla 5.1.1. 5.2.1
 
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pablocastro
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24/Ago/05 17:23
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

la persona moral esta obligada a hacerte la retencionde iva conforme al articulo
Artículo 1o.-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.

II. Sean personas morales que:

a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.

b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.

[i:dea7f81198][color=red:dea7f81198]c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.[/color:dea7f81198][/i:dea7f81198]

ASI COMO LA SIGUIENTE REGLA:


5.1.1. Para los efectos de los artículos 1o.-A, último párrafo y 3o., tercer párrafo de la Ley del IVA, las personas morales que se ubiquen en el supuesto previsto en los incisos a) y d) de la fracción II del citado artículo 1o.-A, así como la Federación y sus organismos descentralizados, efectuarán la retención de dos terceras partes del impuesto que se les traslade efectivamente pagado. Las personas físicas comisionistas que presten sus servicios y las personas físicas que presten los servicios personales independientes u otorguen el uso o goce temporal de bienes, a la Federación, a sus organismos descentralizados o a las personas morales antes mencionadas, podrán acreditar contra la tercera parte del impuesto que hayan trasladado y que no se haya retenido, el impuesto acreditable en los términos de la Ley del IVA y, en el caso de que resulte saldo a su favor, aplicar lo previsto en el artículo 6o. de dicha Ley.

[i:dea7f81198][color=red:dea7f81198] Las personas morales que se ubiquen en el supuesto previsto en el artículo 1o.-A, fracción II, inciso c) de la Ley del IVA, así como la Federación y sus organismos descentralizados, por los servicios de autotransporte terrestre de bienes que reciban, efectuarán la retención del IVA aplicando la tasa de 4% al valor de la contraprestación efectivamente pagada por la prestación del referido servicio. [/color:dea7f81198][/i:dea7f81198]En este caso las personas físicas o morales que presten los servicios de autotransporte terrestre de bienes a la Federación, a sus organismos descentralizados o a las personas morales antes mencionadas, podrán acreditar contra el IVA que hayan trasladado y que no se les hubiere retenido en los términos de este párrafo, el impuesto acreditable en los términos de la Ley del IVA y, en el caso de que resulte saldo a su favor, aplicar lo previsto en el artículo 6o. de dicha Ley.


ESPERO HABERTE AYUDADO
 
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lcruizuscanga
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24/Ago/05 17:28
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

POR LO QUE ENTENDÍ, TÚ ERES PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD DE AUTOTRANSPORTE Y UNA PERSONA MORAL A LA QUE LE PRESTASTE EL SERVICIO TE DICE QUE NO PROCEDE QUE ELLA TE RETENGA, ASÍ ES?

EL ARTICULO 1A DE LA LEY DEL IVA ES MUY CLARO AL SEÑALAR QUIENES DEBEN REALIZAR LA RETENCIÓN.

Artículo 1-A.- Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade, los contribuyentes que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:

I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.

II. Sean personas morales que:

a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.

b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.

c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.

d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.

NO OBSTANTE:

No efectuarán la retención a que se refiere este artículo las personas físicas o morales que estén obligadas al pago del impuesto exclusivamente por la importación de bienes.
 
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jand_nava
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24/Ago/05 17:49
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

Pues el fundamento por el que se debe hacer la retencion ya te lo dieron los colegas, el por que la empresa no lo quiera hacer, quien sabe que pase, igual y su contador esta un poco confundido :)
 
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CPVICENTEMM
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24/Ago/05 17:54
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

a lo mejor su contador es Tereso y esta tomando represalias ¡

je, je
 
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pablocastro
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24/Ago/05 18:07
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

Te vas a odiar tereso colega pabloca :D stro
 
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CPVICENTEMM
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24/Ago/05 18:11
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

[quote:3c2dbd052f="CPVICENTEMM"]Te vas a odiar tereso colega pabloca :D stro[/quote:3c2dbd052f]

je, je perdon no lo pude evitar, es que de verdad era de dar risa lo que escribia, lastima que no lo pude leer todo... pero ya ni nos acordamos por que capaz que se aparece ahorita ¡¡ 8O 8O 8O 8O 8O 8O
 
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pablocastro
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25/Ago/05 15:35
Re: retencion 4%iva s/flete soy p.fisica procede

Hijole por no entrar algunos dias al foro me parece que me perdi de algo interesante (creo que nada relacionado a lo fiscal..)lastima ( :) :) )

Sobre la retencion, mira como ya comenmtaron (y no quisiera verme repetitivo) los fundamentos ahi estan, el detalle que se nos puede escapar es QUE TIPO DE MERCANCIAS O *COSAS* TRANSPORTAS, es decir muchos contadores definen algunas cosas que se transportan COMO QUE NO SON BIENES y se basan en eso para la no retencion.

Que al final de cuentas no es mas que una retencion, y no les repercute en nada a la PM...

Pregunta final: que transportas???????????
 
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BR1
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